Deben presentar el Formulario 29 "sin movimiento" los contribuyentes afectos a la
Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, cuando no realicen operaciones gravadas en uno o más períodos tributarios,
según lo establecido en los artículos 64° y 65° de la
Ley
sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción
Resolución Exenta
N° 57, de 2003.
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