El Crédito Fiscal proporcional del IVA se produce cuando la adquisición que afecta a este impuesto es destinada, en forma simultánea, a generar ventas afectas
y operaciones
exentas o a hechos no gravados, y su monto se determina aplicando el mecanismo tributario dispuesto en el artículo 43 del
Decreto Reglamentario de la Ley sobre Impuestos a las Ventas y
Servicios.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú
Normativa y legislación, opción Circular N°
134, de 1975. Adicionalmente, esta materia puede ser consultada en la Ley sobre Impuesto a las Ventas y
Servicios, específicamente en su artículo 23, N° 3.
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