PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuesto de Timbres y Estampillas | Auxiliar de registro de Impuesto de Timbres y Estampillas | Aspectos técnicos

 Pregunta   ID:   001.019.4940.009  Fecha de Creación:   21/02/2007

¿Cómo se validará la tasa del impuesto que se informará en el Auxiliar de Registro de Impuesto de Timbres y Estampillas, para cada operación, según lo indicado por la Resolución N ° 2, de 2005, complementada por las Resoluciones Exenta N° 140, de 2006, N° 87, de 2007 y N° 43, de 2008?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   26/04/2023

Se validará que el campo sea numérico, sin importar los ceros, tanto a la izquierda como a la derecha del de la tasa en porcentaje (por ejemplo: 0000000000,1250 0,25 .... 1,5 etc., tasas vigentes para 2007). Al mismo tiempo, el largo del campo deberá ser de 15 posiciones, considerando la coma como único separador decimal aceptado, la cual ocupará una posición.

Puede obtener mayor información en el sitio web del SII, menú Normativa y Legislación, opción Resolución N° 02, de 2005.