¿Cómo se validará la tasa del impuesto que se informará en el Auxiliar de Registro de Impuesto de Timbres y Estampillas, para cada operación, según lo indicado por la Resolución N ° 2, de 2005, complementada por las Resoluciones Exenta N° 140, de 2006, N° 87, de 2007 y N° 43, de 2008?
|
Se
validará que el campo sea numérico, sin importar los ceros, tanto
a la izquierda como a la derecha del de la tasa en porcentaje (por
ejemplo: 0000000000,1250 0,25 .... 1,5 etc., tasas vigentes para
2007). Al mismo tiempo, el largo del campo deberá ser de 15
posiciones, considerando la coma como único separador decimal
aceptado, la cual ocupará una posición.
Puede obtener mayor información en el sitio web del SII, menú
Normativa y Legislación, opción Resolución
N° 02, de 2005. |