PREGUNTAS FRECUENTES DE IMPUESTO DE TIMBRES Y ESTAMPILLAS


En esta página encontrará información relativa a los Impuestos de Timbres y Estampillas.
Impuesto de Timbres y Estampillas | Auxiliar de registro de Impuesto de Timbres y Estampillas | Aspectos técnicos

  • ¿Cómo deben registrarse los documentos emitidos afectos y exentos de Impuesto de Timbres y Estampillas en el Auxiliar de Registro de Impuesto de Timbres y Estampillas, establecido en la Resolución Exenta N° 2, de 2005, complementada por las Resoluciones E
  • ¿Cómo se validará la tasa del impuesto que se informará en el Auxiliar de Registro de Impuesto de Timbres y Estampillas, para cada operación, según lo indicado por la Resolución N ° 2, de 2005, complementada por las Resoluciones Exenta N° 140, de 2006, N°
  • ¿Qué caracteres se aceptan en los campos alfa numéricos que considera el formato de registro técnico del Auxiliar de Registro, creado por la Resolución Exenta N° 2, de 2005, complementada por las Resoluciones Exenta N° 140, de 2006, N° 87, de 2007 y N° 43
  • ¿Debe utilizarse el símbolo / para las fechas que se deben registrar en el Auxiliar de Registro del Impuesto de Timbres y Estampillas que crea la Resolución Exenta N° 2, de 2005, complementada por las Resoluciones Exenta N° 140, de 2006, N° 87, de 2007 y
  • ¿Cuál es la estructura general de los campos en el formato de registro técnico del Auxiliar de Registro que crea la Resolución Exenta N° 2, de 2005, complementada por las Resoluciones Exenta N° 140, de 2006, N° 87, de 2007 y N° 43, de 2008, con formato de
  • ¿Es posible dejar en blanco el código de país cuando se indica un Rut válido y no se informa un identificador de registro tributario extranjero (tax id)?
  • ¿Cuándo se acepta el código de país Chile en el Auxiliar de Registro de Impuesto de Timbres y Estampillas, creado por la Resolución Exenta N° 2, de 2005, complementada por las Resoluciones Exenta N° 140, de 2006, N° 87, de 2007 y N° 43, de 2008?
  • ¿Es posible informar un identificador de registro tributario extranjero (tax id) sin indicar el código del país asociado en el Auxiliar de Registro de Impuesto de Timbres y Estampillas, creado por la Resolución Exenta N° 2, de 2005, y complementada por la
  • ¿Puede omitirse el código de tipo de operación que se informa en el Auxiliar de Registro de Impuesto de Timbres y Estampillas, que crea la Resolución Exenta N° 2, de 2005, complementada por las Resoluciones Exenta N° 140, de 2006, N° 87, de 2007 y N° 43,