¿Cuáles son los canales de envío de la información controlada en el Auxiliar de Registro que crea la Resolución Exenta N° 2, de 2005, complementada por las Resoluciones Exenta N° 140, de 2006, N° 87, 2007 y 43, de 2008?
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La información debe enviarse en archivos planos, tipo
texto o ASCII (con extensión .TXT y comprimido cada archivo semestral, en
formato zip), a través de la Oficina Virtual del SII. Para ello, se debe
ingresar al menú Declaraciones Juradas y luego al submenú “Declaración Jurada de
Impuesto de Timbres y Estampillas”, Enviar o corregir Declaración Jurada, opción Enviar
o corregir declaraciones por importador de datos. Para ello, usted debe
identificarse con su Clave Tributaria. Si no cuenta con los medios para acceder
a Internet, puede concurrir a una oficina del SII correspondiente a
su domicilio. El
Formato de presentación se encuentra actualizado y publicado en el sitio Web del
SII, específicamente en el menú Declaraciones Juradas, opción Declaración
Jurada de Impuesto de Timbres y
Estampillas.
Puede obtener mayor información
relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación,
opción Resolución
N° 2, de 2005, modificada por
Resolución
Exenta Nº 140, de 2006;
Resolución
N° 87, de 2007 y
Resolución
Exenta Nº 43, de 2008.
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