En
primer término, debe hacerse presente que la Ley N° 21.210, publicada en el
Diario Oficial de 24 de febrero de 2020, reemplazó al régimen de la letra A del
artículo 14 ter, quedando derogado a contar del 1° de enero de 2020.
Respuesta anterior:
De acuerdo con las disposiciones contenidas en el
artículo 14 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, a los contribuyentes
acogidos a dicho artículo no les corresponde realizar depreciación, sino que
ésta se representa como un egreso en la determinación de la renta líquida
imponible cuando dichos bienes son adquiridos.
Puede ver mayor
información sobre el tema en el sitio web del SII, menú Normativa y Legislación,
opción Circulares, Circular
69 de 2014.
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