PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | Gastos tributarios | Gastos aceptados

 Pregunta   ID:   001.002.5917.003  Fecha de Creación:   27/03/2009

¿Las filas números 8, 14 y 20 deben contener el mismo valor de la sección b) del Registro de Castigo de Deudas Incobrables?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   21/08/2023

Los valores que deben ser registrados en los campos “Monto Total de la Operación”, “Monto del Crédito Otorgado” y “Monto Pesos de Crédito Castigado s/ normas Ley de la Renta” (filas números 8, 14 y 20, respectivamente, de la sección b), no son necesariamente iguales. La fila 8, por ejemplo, debe contener el monto de la operación que origina el crédito (venta, prestación de servicios, etc., de acuerdo con los códigos de fila 7). De esta manera, es probable que sólo una parte de la operación sea financiada con crédito (monto declarado en fila 14). Finalmente, el monto del crédito castigado (declarado en la fila 20), puede ser menor o igual que el total del crédito registrado en la fila 14.

Caso práctico:

Tipo Operación: Venta de bienes del giro.

N° Documento: Factura N° 720.

Monto Operación: $ 1.000.000.

Forma de pago: 40% al contado y saldo en 3 cuotas mensuales de $200.000 (crédito simple).

Se efectúa el castigo del crédito por incobrabilidad de las cuotas 2 y 3.

Registro incobrable

Línea (8) Monto Total de la Operación: 1.000.000

Línea (14) Monto del Crédito Otorgado: 600.000

Línea (20) Monto de Crédito Castigado: 400.000

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Resoluciones, donde encuentra la  Resolución N° 96, de 2008.