No, los créditos hipotecarios que hayan sido novados no tienen derecho a la
franquicia tributaria establecida en el artículo 55bis, sobre intereses por
dividendos hipotecarios de la Ley sobre Impuesto a la Renta, pues después de
ocurrida la novación no se origina un nuevo crédito hipotecario, de acuerdo a lo
señalado en Oficio
N° 1.640, de 2002, emitido por el Servicio de Impuestos Internos.
Puede encontrar mayor información relativa a este tema en el sitio web del
SII,en Servicios online, menú Declaración de renta, Ayudas, opción
Instrucciones Formulario 22 y Guía Práctica de Renta 2023, especialmente en
el punto 7.2, letra c).
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