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Marzo de 2013
◊ Línea 61, código 85 y línea 63, código 87, Devolución Solicitada.
Reciba antes su Devolución de Impuesto:
Recuerde solicitar su Devolución por medio de depósito bancario en
Cuenta Corriente, Cuenta Vista o Cuenta de Ahorro.
acciones
Tema N° 3: Tributación del mayor valor
en la venta de acciones (Artículos 17,
18 y 107 de la Ley sobre Impuesto a la
Renta).
6.3
DESCRIPCIÓN
A continuación, se presentarán algunos ejemplos de las situaciones más comunes en las
cuales usted, como contribuyente, podría encontrarse:
Para mayor información consulte en www.sii.cl, menú Legislación, Normativa y Jurisprudencia:
• Ley sobre Impuesto a la Renta, Art. 17, N° 8, Art. 18, Art. 107 y Art. 57, inciso 1.
• Circular N° 8, de 2001, sobre Calificación de Acciones con presencia o de transacción bursá-
til,
• Circular N° 7, de 2002, sobre nuevo Artículo 18 ter,
• Circular N° 33, de 2002, relativa a la no declaración del mayor valor en ninguna base imponi-
ble de impuesto.
• Circular N° 7, de 2005, Concepto de presencia bursátil de acciones para los efectos de la
aplicación de lo dispuesto por el artículo 18 ter y N°10 de la Letra A) del artículo 57 bis de la
Ley de la Renta
• Circular N° 10, de 2012, Requisitos para que un valor sea considerado de presencia bursátil
para efectos de la aplicación del artículo 57 bis, letra A), N°10 y del artículo 107 de la LIR.
• Circular N° 48, de 2012, Modificaciones introducidas por la Ley 20.630, del 27 de Septiembre
de 2012, a la Ley sobre Impuesto a la Renta y a la Ley 20.455, de 2010, referidas al aumento
de la tasa del Impuesto de Primera Categoría y a la tasa de los pagos provisionales mensua-
les obligatorios que debe aplicarse sobre los ingresos brutos percibidos o devengados a partir
del mes de Septiembre de 2012
Ejemplo N° 3.1: Compra y venta de acciones por una persona natu-
ral, sin otra renta.
DESCRIPCIÓN
Una persona natural compra acciones después de la reforma del mercado de capitales, ocu-
rrida en el año 2001 (que rige a contar del 7 de noviembre de 2001), las cuales posteriormente
vende. ¿Cómo se determina la ganancia que obtiene?, ¿debe pagar algún tipo de impuesto la
ganancia obtenida?
En la eventualidad que la única renta o ganancia se origine por la compra y venta de acciones,
debe verificar los requisitos, contenidos en los artículos de la Ley de la Renta señalados pre-
cedentemente, que se deben cumplir para considerar estas rentas como: ingresos no grava-
dos con los impuestos a la renta, los cuales no se deben declarar para ningún efecto tributario.
La información señalada es informada al SII, mediante la Declaración Jurada de Renta N°
1891, sobre Compra y Venta de Acciones, presentada por los Corredores de Bolsa y Agentes
de Valores.
EJEMPLO NUMÉRICO
Rentas originadas en la venta de acciones, obtenidas por una persona natural, que no tiene
otras rentas.
ANTECEDENTES
> Una persona posee 1000 acciones de la Sociedad Anónima PX, compradas en el mes de
junio de 2006, a través de una corredora de bolsa, en la suma de $ 1.500.000.
> Las acciones señaladas son vendidas con fecha 30 de noviembre de 2012, por intermedio
de la misma corredora de la compra, en la suma de $ 4.000.000.
> La variación del IPC, entre la fecha de la compra y la de venta, es de 26,2%, de acuerdo con
lo señalado en el artículo 17, N° 8, de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
> La variación del IPC, entre la fecha de venta y el 31 diciembre de 2012, es de 0%
(*)
.
> Las acciones tienen presencia bursátil del 90%.
(*)
El porcentaje de actualización de corrección monetaria según tabla es de -0,5%. Cuando el porcentaje de
reajuste da como resultado un valor negativo, dicho valor no debe considerarse, igualándose éste a un valor
cero (0).
DESARROLLO
• Se debe determinar si las ganancias están afectas a impuesto. Para esto, debe verificar los
requisitos del Artículo 107 de la Ley sobre Impuesto a la Renta
Si cumplen con lo siguiente, los ingresos
NO
se afectarán con impuestos.
• Las acciones deben ser compradas y vendidas por intermedio de la bolsa
de valores, por intermediación de un corredor de valores.
• Las acciones deben tener una presencia bursátil igual o superior al 25%.
En relación a los antecedentes mencionados, la ganancia no está afecta a los impuestos de la
Ley sobre Impuesto a la Renta, por lo cual no corresponde efectuar declaración de Impuesto
Anual a la Renta. (Sin perjuicio de guardar la documentación de respaldo de dichas operacio-
nes por posible fiscalización).
Ejemplo N° 3.2: Compra y venta de acciones por una persona na-
tural, sin otra renta, sin cumplir alguno de los requisitos del
artículo 107 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, determinándose