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Utilidad (pérdida) del ejercicio
: Utilidad o pérdida del ejercicio a la fecha de los
Estados Financieros.
Cuentas particular o Cuenta obligada:
Por los retiros, aportes y disminuciones de
capital, etc.
En resumen, el patrimonio financiero se determina tomando del balance confeccionado
por la empresa
al 31.12.2012
, los saldos que arrojen las cuentas patrimoniales
determinadas de acuerdo a los Principios Contables de General Aceptación.
A continuación, se formula un ejemplo de cómo llenar el
Código 843
Patrimonio
Financiero
”.
Ejemplo:
1.- Antecedentes
:
Balance tributario de 8 columnas practicado
al 31.12.2012
, utilizado en el
ejemplo de la línea 37 del Formulario N° 22.
2.-
Llenado de
Código 843 “Patrimonio Financiero”:
Detalle Cuentas
Saldos
23.- Capital
$ 5.000.000 (+)
21.- Rev. Cap. Propio
$ 34.800.000 (+)
22.- Utilid. Retenidas
$ 16.000.000 (+)
12.- Pérd. Ejerc. Ant.
$ 4.500.000 (-)
13.- Cta. Part. Soc.
$ 9.000.000 (-)
Utilidad (Pérdida) del Ejercicio
$ 17.222.990 (+)
Patrimonio Financiero
$ 59.522.990 (=)
Si de la aplicación de las instrucciones antes indicadas resultara
un valor negativo
, dicho
valor se anotará entre paréntesis en el citado
Código (843).
(18) CODIGO 844: Total Capital Enterado
Registre en este Código el capital acumulado pagado, debidamente actualizado
al
31.12.2012,
considerando para ello el capital inicial pagado más sus aumentos y menos
sus disminuciones, ambos efectivamente pagados y actualizados.
Si de la aplicación de lo antes indicado resulta
un valor negativo
, éste deberá registrarse
entre paréntesis en el citado
Código (844).
(A)
Empresarios Individual, EIRL y Sociedad de Personas:
1.- Capital Inicial
Corresponde al capital inicial acordado en la escritura pública efectivamente pagado,
sin considerar dentro de éste las sumas enteradas por concepto de reinversión de
utilidades, por cuanto estas partidas tienen su tributación final suspendida de acuerdo a
la ley.
2.- Aumento de Capital
Se hace presente que tratándose de una empresa individual o sociedad de personas
obligadas a declarar según contabilidad completa debe considerarse como
“aumentos
de capital”
, todos los haberes entregados a cualquier título por el empresario o socio.