1. ¿Quiénes deben presentar el formulario F3500?
2. ¿Es necesario presentar el F3500, aún cuando no haya tenido movimiento por el periodo a declarar?
3. ¿Dónde solicito el formulario F3500?
4. ¿Puedo declarar el formulario F3500 en papel o por algún medio magnético en las oficinas del SII?
6. ¿Cuál es la fecha tope para presentar el formulario F3500?
7. ¿Si declaro varios cambios de sujeto, cuantos formularios F3500 debo presentar?
8. ¿Cómo rectifico una declaración presentada en formulario F3500?
10. ¿Qué operaciones se declaran en el formulario F3500?
11. ¿El formulario F3500, tiene secciones de llenado automático?
12. Yo soy un excepcionado de cambio de sujeto de retención, ¿debo presentar el formulario F3500?
15. ¿Cómo se rectifica y declara fuera de plazo en el formulario 3500?
17. Soy un contribuyente excepcionado del cambio de sujeto de harina y carne, ¿debo declarar el formulario F3500?
1. ¿Quiénes deben presentar el formulario F3500?
Los agentes retenedores de los cambios de sujeto de arroz, berries, contratista de la construcción, chatarra, especies hidrobiológicas, ganado, legumbres, madera, papeles y cartones, productos silvestres, trigo y los excepcionados por resolución particular de estos cambios de sujeto; los agentes retenedores de carne, harina y medios de prepago de telefonía e Internet, el detalle de esta información lo puede encontrar en la Resolución 185 del 2010 y en la Resolución 61 del 2011.
Para ayuda de cómo confeccionar la declaración consulte Instrucciones para llenar la Declaración Jurada F3500.
2. ¿Es necesario presentar el F3500, aún cuando no haya tenido movimiento por el periodo a declarar?
Sí, el formulario F3500 debe ser presentado todos los meses, aún cuando no presente movimiento por el periodo a declarar.
3. ¿Dónde solicito el formulario F3500?
El formulario F3500 está disponible únicamente en la página web del Servicio, www.sii.cl, en la sección formularios y deberá ser enviado al SII sólo vía Internet.
4. ¿Puedo declarar el formulario F3500 en papel o por algún medio magnético en las oficinas del SII?
No, únicamente se declara a través de Internet, de acuerdo a lo estipulado en la Resolución 185 del 2010 y en la Resolución 61 del 2011, con opciones de Formulario en Pantalla o Up load, las instrucciones de ambas opciones las encuentra en Información y ayuda retenedores de cambio de sujeto.
Puede concurrir a alguna Unidad del SII y, en horarios de oficina, utilizar los equipos que éste pone a disposición de los contribuyentes, donde contarán con la asistencia necesaria para la correcta presentación del F3500, de acuerdo con lo estipulado en la Resolución 185 del 2010 y en la Resolución 61 del 2011
6. ¿Cuál es la fecha tope para presentar el formulario F3500?
El F3500 debe ser presentado hasta la medianoche del día 15 de cada mes con el movimiento relativo al (los) cambios de sujeto que declara, por el mes inmediatamente anterior al de declaración, de acuerdo con la Resolución 185 del 2010 y en la Resolución 61 del 2011.
Los agentes retenedores que cumplan con los requisitos establecidos en el Decreto Presidencial N° 1001, de 2006, mantendrán la prórroga del plazo de presentación del F3500, del día 15 al día 23, conforme lo estipula la Res. Ex. SII N° 138, de 2006.
7. ¿Si declaro varios cambios de sujeto, cuantos formularios F3500 debo presentar?
Sólo un (1) formulario, indicando en el campo “Código de producto con cambios de sujeto”, el código del cambio de sujeto definido en las instrucciones. Encontrará mas información y ayuda en la página Instrucciones para llenar la Declaración Jurada F3500.
8. ¿Cómo rectifico una declaración presentada en formulario F3500?
A través de la consulta de estado de la declaración primitiva, los pasos a seguir son los siguientes:
- Presionar el botón Corregir o Rectificar con lo cual pasa a la Página de Atención.
- Presionar el botón rectificar que lo lleva a la Página de Rectificatoria.
- Seleccionar la declaración a rectificar y presionar nuevamente el botón Rectificar para ir a la Página de Ingreso.
- Seleccionar opción de rectificación a partir de la declaración primitiva o a partir del formulario en blanco.
- Seguir el mismo flujo con el cual ingresó la declaración original.
La rectificatoria reemplaza y anula la declaración primitiva.
Encontrará más información en la página Instrucciones para llenar la Declaración Jurada F3500.
Debe informar operación a operación de acuerdo a lo indicado en el documento tributario que se emite o recibe según la sección que declara. Si el documento tributario contiene información relativa a más de un cambio de sujeto, se deberá informar cada operación en líneas diferentes indicando el código del producto que declara y repetir el número del documento emitido o recibido.
Encontrará más información en la página Instrucciones para llenar la Declaración Jurada F3500.
10. ¿Qué operaciones se declaran en el formulario F3500?
En la sección 1: El resumen de las retenciones, anticipos y márgenes de comercialización. En la sección 2: las operaciones con retención y anticipo además de las operaciones con retenciones sobre márgenes de comercialización de los cambios de sujetos indicados en las instrucciones. En la sección 3: las transacciones entre retenedores y con excepcionados de acuerdo a la Res. Ex. N° 39, del 2008, y las ventas a excepcionados de harina y carne
Encontrará más información en la página Instrucciones para llenar la Declaración Jurada F3500.
11. ¿El formulario F3500, tiene secciones de llenado automático?
Los datos de identificación serán llenados automáticamente a través del ingreso del RUT del declarante. Las secciones 1, 2 y 3 deben ser llenadas por el contribuyente, y la aplicación únicamente validará la consistencia de los datos.
Encontrará más información en la página Instrucciones para llenar la Declaración Jurada F3500.
12. Yo soy un excepcionado de cambio de sujeto de retención, ¿debo presentar el formulario F3500?
Si, dado que los excepcionados de cambios de sujeto de retención autorizados mediante resolución del Director Regional, pasan a ser Agentes Retenedores del producto en que fueron excepcionados, salvo los excepcionados en harina y carne. El detalle de esta información lo puede encontrar en la Resolución 185 del 2010 y en la Resolución 61 del 2011.
Encontrará más información en la página Instrucciones para llenar la Declaración Jurada F3500.
No, dado que los excepcionados conforme a la Res. Ex. N° 39, de 2008, no adquieren la calidad de agentes retenedores.
Los agentes retenedores de Pequeños Productor Agrícola PPA cerrarán su ciclo anual en junio 2011 presentándolo en el actual formulario vía papel y desde julio 2011 se sumarán al régimen mensual en el formulario 3500 vía Internet por las operaciones realizadas en el mes de junio 2011
15. ¿Cómo se rectifica y declara fuera de plazo en el formulario 3500?
A partir del 1° de febrero 2011 los agentes retenedores de Berries, Papeles y Cartones, Medios de prepago de telefonía e Internet y Contratistas en la Construcción deberán declarar vía Internet el formulario 3500 para la operaciones de enero 2011, período desde el cual sólo se podrán ingresar declaraciones fuera de plazo por los periodos enero de 2011,en adelante es decir, no se pueden realizar declaraciones fuera de plazo para períodos anteriores, éstas sólo se podrán presentar por papel en los formularios en que se declaraba en esos períodos.
Sólo se podrá rectificar vía Internet declaraciones que se hayan ingresado por esa vía, para rectificar declaraciones ingresadas vía papel se debe realizar por la misma vía y formulario que la declaración original.
Usted debe declarar las retenciones por anticipo en la columna Monto IVA Anticipado que efectúe en la sección 2 del formulario F3500. Los anticipos que le efectuaron otros agentes retenedores debe informarlos en la columna Monto IVA Anticipado (harina) de la sección 3, y en el casillero Documento, debe indicar recibido (2).
Encontrará más información en la página Instrucciones para llenar la Declaración Jurada F3500.
No, usted no debe presentar el formulario F3500. El Agente retenedor que le vendió el producto harina y/o carne, debe informarlo en la sección 3 del formulario F3500, indicando el monto de operación, ya que en este caso no hay anticipo.