Page 101 - Suplemento_Declaraciones_Juradas_2015

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Ediciones Especiales
diciembre de 2014
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Certificado N° 18, Sobre Pagos Provisionales Mensuales Puestos a Disposición de los Socios o Comuneros
:………………………………………………………………………………………………………
RUT N°
:……………………………………………………………………………………………………..
Dirección
:……………………………………………………………………………………………………..
Giro o Actividad
:……………………………………………………………………………………………………..
Se extiende el presente certificado en cumplimiento de lo establecido en la Resolución Ex. N° 7211 del
Servicio de Impuestos Internos, publicada en el Diario Oficial de 10.12.98.
Razón Social Sociedad o Comunidad :
(2 ).
(4 )
$
Certificado N° …………………………………….
Ciudad y Fecha:…………………………………..
MON TO
D ATOS D EL SOC IO O C OMU N ER O
PAGOS PR OVIS ION AL ES MEN SU AL ES AC TU AL IZAD OS
Y OTR OS C R ED ITOS
CERTIFICADO N° 18 SOBRE PAGOS PROVICIONALES MENSUALES PUESTOS A DISPOSICION DE LOS SOCION O
COMUNEROS.
N OMBR E
N °R U T
La sociedad de personas, sociedad de hecho, sociedad de profesionales o comunidad, según corresponda
……………………, certifica que al socio o comunero Sr. (a) ……………………..RUT N°…………………….para el año 20…. se le
ha puesto a su disposición el monto de los pagos provisionales mensuales y otros créditos que se indican a
continuación, para cubrir sus obligaciones tributarias hasta el monto adeudado según su propia declaración de
impuesto, incluyendo el monto de dichos pagos puestos a disposición de los demás socios o comuneros.
FEC H A
(3 )
(1 ).
N om b re , N ° R u t y fi rm a d e l D u e ñ o o R e p re s e n ta n te
L e g a l d e la Em p re s a o So c ie d a d , s e g ú n co rre s p o n d a .
TOTAL ES
$
Instrucciones Para Confeccionar el Certificado Modelo N° 18
Este Certificado debe ser emitido por las Sociedades de Personas, Sociedades de Hecho, Sociedades de Profesionales clasificadas en la
Primera o Segunda Categoría y las Comunidades, para certificar o informar a sus respectivos socios o comuneros (sean éstos personas
naturales con o sin domicilio o residencia en Chile o personas jurídicas sin domicilio ni residencia en el país), el monto de los pagos provisionales
mensuales y otros créditos que les pusieron a su disposición para cubrir sus obligaciones tributarias hasta el monto determinado según su propia
declaración de impuesto.
Datos de la Sociedad o Comunidad: Se deben anotar los datos de la Sociedad o Comunidad emisora del Certificado, registrando su razón social,
N° de RUT, dirección y giro o actividad comercial.
N° Certificado y Fecha: Se debe anotar el N° de Certificado y la fecha en que éste fue emitido efectivamente. Estos documentos deben emitirse
en forma correlativa en cada período.
Datos del Socio o Comunero Titular del Certificado: Se deben registrar los datos de individualización del socio o comunero al cual se le emite el
Certificado (Titular del Certificado), registrando su nombre o razón social y N° de RUT.
Los pagos provisionales mensuales y otros créditos se certificarán como sigue:
Columnas (1) y (2): En estas columnas se debe anotar, en primer lugar, el nombre y N° de RUT del socio o comunero titular del Certificado al cual
se le emite e identificado anteriormente, registrando a continuación de éste el nombre del resto de los socios o comuneros a los cuales también
se le ponen pagos provisionales mensuales y otros créditos a su disposición. En resumen, en el mencionado Certificado deben identificarse todos
los socios o comuneros a los cuales se le pusieron pagos provisionales mensuales y otros créditos a su disposición, identificando, en primer
lugar, al socio o comunero titular al cual se le emite el Certificado.
Columnas (3) y (4): Se deben registrar los pagos provisionales mensuales y otros créditos que la Sociedad o Comunidad puso a disposición de
los socios o comuneros, anotando su monto total y la fecha en que este monto fue efectivamente puesto a su disposición, registrando, en primer
lugar, los pagos provisionales y otros créditos que corresponden al socio o comunero titular del Certificado al cual se le emite y, luego, anotar los
pagos provisionales y otros créditos que correspondan al resto de los socios o comunero de la respectiva Sociedad o Comunidad.
Certificado N° 19, Sobre Dividendos Hipotecarios Pagados oAportes Enterados, Según Corresponda, en Cumplimiento de Obligaciones
Hipotecarias Contraídas Para la Adquisición o Construcción de una Vivienda Nueva Acogida a las normas del D.F.L. N° 2, de 1959,
Conforme a las Disposiciones de la Ley N° 19.622, de 1999, Modificada por las Leyes N° 19.768, de 2001 y N° 19.840, de 2002.
DEL AÑO ATRASADAS
(5).
(6).
Certificado N° ……………………………………………….
Ciudad y Fecha:………………………..…………………..
:…………………………………………………………………………………………………………………………………....
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:………………………………………………………………………………………………………………………………….….
Razón Social de la Empresa, Sociedad o Institución
RUT N°
Dirección
Giro o Actividad
El Banco o institución financiera, agente administrador de mutuos hipotecarios endosables, sociedades inmobiliarias o cooperativas de
viviendas, ................................................................................, certifica que el Sr......................................... Rut N°..........................................,
durante el año 20...., en cumplimiento de las obligaciones hipotecarias contraídas para la adquisición o construcción de una vivienda nueva
acogida a las normas del D.F.L. Nº 2, de 1959, ha pagado los dividendos hipotecarios o enterado los aportes que se señalan a continuación; todo
ello para los fines de invocar el beneficio tributario que establece la Ley Nº 19.622, de 1999, modificada por la Ley N°19.768 de 2001 y la Ley
N°19.840, del 2002, respecto del cual se acogió a contar del..................según..............................................................
CERTIFICADO Nº 19, SOBRE DIVIDENDOS HIPOTECARIOS PAGADOS O APORTES ENTERADOS, SEGUN CORRESPONDA, EN CUMPLIMIENTO DE
OBLIGACIONES HIPOTECARIAS CONTRAIDAS PARA LA ADQUISICION O CONSTRUCCION DE UNA VIVIENDA NUEVA ACOGIDA A LAS NORMAS DEL
D.F.L. Nº 2, DE 1959, CONFORME A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY Nº19.622, DE 1999, MODIFICADA POR LAS LEYES N°19.768 DE 2001Y N° 19.840 DE
2002
(1).
ENERO
$
(2) x (3) = (4)
MES DE PAGO EFECTIVO DEL
DIVIDENDO O ENTERO DEL
APORTE
MONTO NOMINAL
DIVIDENDOS PAGADOS O
APORTES ENTERADOS
FACTOR DE
ACTUALIZACIÓN
MONTO ACTUALIZADO
DIVIDENDOS PAGADOS O
APORTES ENTERADOS
N° DE CUOTAS PAGADAS
DURANTE EL AÑO POR
DIVIDENDOS O AOPRTES
(2).
(3).
$
ABRIL
MAYO
FEBRERO
MARZO
JUNIO
JULIO
OCTUBRE
NOVIEMBRE
AGOSTO
SEPTIEMBRE
Nombre, Nº RUT y Firma Representante legal del Banco,Institución
Financiera, Agente Administrador de Mutuos Hipotecarios
Endosables, Sociedades Inmobiliarias o Cooperativas de Viviendas.
El monto a rebajar en su declaración de Impuestos Anuales a la Renta, debe ser calculado según las instrucciones impartidas en el Suplemento
Tributario para la declaración de los Impuestos Anuales a la Renta del año 2015, del SII.
Se extiende el presente certificado en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Ex. Nº 8145 del Servicio de Impuestos Internos, publicada
en el Diario Oficial de 11.12.99, y sus modificaciones posteriores
$
$
TOTALES
DICIEMBRE
Instrucciones Para Confeccionar el Certificado Modelo N° 19
Este Certificado debe ser emitido por los Bancos, Instituciones Financieras, Agentes Administradores de Créditos Hipotecarios endosables a
que se refiere el Título V del D.F.L. N° 251 de 1931 (Ex-Art. 21 bis), Sociedades Inmobiliarias propietarias de viviendas que pueden darse en
arrendamiento con promesa de compraventa señaladas en el Título II de la Ley N° 19.281 de 1993, y las Cooperativas de Vivienda que operen en
el país, informando a las personas naturales chilenos o extranjeros, con residencia o domicilio en Chile, los montos de los dividendos hipotecarios
pagados o los aportes enterados, según corresponda, durante el ejercicio comercial respectivo a dichas instituciones, en cumplimiento de las
obligaciones contraídas con motivo de la adquisición o construcción de una vivienda nueva acogida a las normas del D.F.L. N° 2 de 1959, todo
ello para los fines de poder usufructuar del beneficio tributario establecido por la Ley N° 19.622, publicada en el Diario Oficial de 29 de julio de
1999, modificada por la Ley N° 19.768, de 07.11.2001.
También deberán emitir este Certificado aquellas instituciones que hubieren otorgado créditos para cancelar créditos acogidos a lo dispuesto
en la Ley N° 19.622 de 1999, ello en conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4° de la Ley N° 19.840, publicada en el Diario Oficial de
23.11.2002.
Se debe identificar a la institución, empresa o cooperativa que está efectuando la certificación y a la persona natural que efectuó el pago de los
dividendos o enteró los aportes, según corresponda, anotando su nombre completo y N° de RUT y, además, la fecha a partir de la cual dicha
persona se acogió al beneficio según el instrumento público que proceda, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso final del Artículo 1° de la Ley N°
19.622 y sus modificaciones posteriores.
La rebaja por adquisición de vivienda acogida al D.F.L. N° 2 a efectuar en el Año Tributario 2014 corresponde a 10 UTM, 6 UTM ó 3 UTM, según
sea el período en el cuál el contribuyente se acogió al beneficio.
Columna (1): Se deben anotar los meses del año en los cuales se pagaron los dividendos hipotecarios o se enteraron los aportes en cumplimiento
de las obligaciones hipotecarias contraídas con las instituciones anteriormente indicadas.
Columna (2): Se debe registrar el monto nominal de las cuotas o de los dividendos hipotecarios pagados o de los aportes enterados a las
instituciones o entidades anteriormente indicadas, en cumplimiento de sus obligaciones hipotecarias contraídas con motivo de la adquisición
o construcción de una vivienda nueva acogida a las normas del D.F.L. N° 2 de 1959, conforme a las instrucciones impartidas mediante las