Page 29 - Suplemento_Declaraciones_Juradas_2015

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Ediciones Especiales
diciembre de 2014
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5. En la columna “Tax ID de la Contraparte” en caso que la Contraparte no tenga RUT, se deberá registrar el Código de identificación tributaria
del país de domicilio o residencia de la Contraparte.
En caso que la Contraparte sea una persona o entidad que posea RUT otorgado en Chile, deberá dejar este campo blanco.
6. En la columna “Código País Contraparte” se deberá indicar el código del país de domicilio o residencia de la Contraparte. El código a utilizar
deberá ser obtenido de la Tabla de Códigos país de residencia indicado en el suplemento de declaraciones juradas para el año tributario
respectivo.
7. En la columna “Tipo de Relación con Contraparte”, se deberá señalar el tipo de relación existente entre los contratantes, de acuerdo a las
definiciones establecidas en el Título XV de la Ley N° 18.045, de Mercado de Valores, en el Título VIII de la Ley N° 18.046 de Sociedades
Anónimas y en el artículo 38 de la Ley de la Renta, según los códigos presentados en la siguiente tabla. En caso que las partes contratantes se
entiendan relacionadas de acuerdo a más de un código, sólo deberá informarse uno de ellos.
Código Descripción
1
Relación de propiedad:
- Declarante es matriz o tiene el 50% o más de la propiedad de la Contraparte
- Declarante es filial o la Contraparte tiene el 50% o más de su propiedad
- Declarante es agencia o establecimiento permanente
- La Contraparte es agencia o establecimiento permanente
- Declarante es coligante o tiene el 10% o más y menos del 50% de la propiedad de la Contraparte
- Declarante es coligada o la Contraparte tiene el 10% o más y menos del 50% de su propiedad
- Declarante tiene participación directa en el capital o en las utilidades de la Contraparte, menor al 10%
- Declarante tiene participación indirecta en el capital o en las utilidades de la Contraparte, menor al 10%
- Contraparte tiene participación directa en el capital o en las utilidades del Declarante, menor al 10%
- Contraparte tiene participación indirecta en el capital o en las utilidades del Declarante, menor al 10%
- Declarante es controlador
- Declarante es controlada
- Ambas partes se encuentran directamente bajo la dirección, control o capital de una misma persona o entidad
- Ambas partes se encuentran indirectamente bajo la dirección, control o capital de una misma persona o entidad
2
Participación en la dirección o administración:
- Declarante tiene participación directa en la dirección o administración de la Contraparte
- Declarante tiene participación indirecta en la dirección o administración del Contraparte
- Contraparte tiene participación directa en la dirección o administración del Declarante
- Contraparte tiene participación indirecta en la dirección o administración del Declarante
3
Otros tipos de relación:
- Contrato de exclusividad
- Acuerdo de actuación conjunta
- Tratamiento preferencial
- Dependencia financiera o económica
- Depósito de confianza
4 Contraparte se encuentra constituida en un país o territorio considerado paraíso tributario (lista de D.S. N° 628, de 2003, del
Ministerio de Hacienda)
99 No hay relación
8. En la columna “Modalidad de Contratación”, se deberá indicar si el derivado informado corresponde a una operación “Over the counter” o
dentro de bolsa, de acuerdo a los siguientes Códigos:
Código
Descripción
1
Derivado contratado en bolsa de valores nacional, reconocida por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS).
2
Derivado contratado en bolsa extranjera afiliada a la Organización Internacional de Comisiones de Valores
(
International Organization of Securities Commissions
, IOSCO).
3
Derivado contratado con la intervención de agentes o corredores autorizados en mercados organizados, siempre
que se encuentren sujetos al control o supervigilancia de la SVS o de algún organismo de similar competencia a
dicha superintendencia en su respectiva jurisdicción, y que este órgano, a su vez, constituya un miembro afiliado
a IOSCO.
4
Derivado contratado fuera de bolsas de valores en conformidad a modelos de contratos
contenidos en acuerdos marco elaborados por asociaciones privadas o públicas extranjeras o internacionales, de
carácter financiero o bancarias, y que se utilicen en forma habitual en operaciones financieras con derivados en
los mercados internacionales.
5
Derivado contratado fuera de bolsas de valores, mediante confirmaciones que hagan referencia a los modelos de
contratos señalados en el código 4 anterior.
6
Otra modalidad de contratación, distinta a las señaladas en los números anteriores.
9. La sección “Acuerdo Marco”, deberá ser completada en la medida que exista dicho tipo de acuerdo y en los demás casos, esta sección deberá
quedar en blanco. Para estos efectos, se entenderá por Acuerdo Marco, el acuerdo o contrato en que se establecen las condiciones generales
por las que se regirán las operaciones de derivados que se materialicen a través de contratos específicos o confirmaciones.
9.1. En la columna “Tipo” se deberá indicar código:
Código
Descripción
1
Condiciones Generales de Contratos de Derivados en el
Mercado Local
2
Contrato Marco de la International Swap and Derivatives
Association (ISDA)
3
Otros contratos marco
9.2. En la columna “Número” se deberá indicar el número interno asignado por el Declarante al contrato marco. Este número deberá mantenerse
para todas las operaciones de derivados que se rijan por este contrato marco.
9.3. En la columna “Fecha de Suscripción” se deberá señalar la fecha de suscripción del contrato marco.
10. En la sección “Contrato/Confirmación” se deberán informar las operaciones de derivados realizadas en el periodo tributario, incluso aquellas
que fueron anuladas, de acuerdo a lo siguiente:
10.1. En la columna “Número/Identificador” se deberá indicar un identificador único y correlativo para cada contrato confirmación informado, el
que deberá contener solo caracteres numéricos. Este Número/Identificador deberá ser el mismo informado en el Formulario N° 1820 para el
contrato de que se trate.
En el caso de contratos de derivados suscritos e informados en periodos anteriores que no hayan sufrido modificaciones, se deberá mantener
el mismo número informado en el periodo anterior.
10.2. En la columna “Fecha de Suscripción” se deberá señalar la fecha de suscripción del contrato/confirmación. En el caso de los registros que
correspondan a la modificación o cesión de un contrato, se deberá señalar la fecha de modificación o cesión del contrato/confirmación.
10.3. En la columna “Contrato vencido en el ejercicio” se deberá indicar si durante el ejercicio que se informa se produjo el vencimiento o la
liquidación del contrato, según la siguiente tabla:
Código
Descripción
1
Vencido o liquidado en el periodo informado
2
Vigente al 31 de diciembre del año que se informa
10.4. En la columna “Estado del Contrato/Confirmación” se deberá indicar, en aquellos casos que el contrato no haya vencido o sido liquidado,
en qué situación se encuentra el contrato/confirmación informado, de acuerdo a la siguiente tabla:
Código
Descripción
1
Suscrito
2
Modificado / Recouponing
3
Contrato proveniente del ejercicio anterior
4
Cedido
10.5. En la columna “Tipo de Contrato” se deberá indicar el tipo de instrumento derivado contenido en el contrato/confirmación que se está
informando, de acuerdo a lo señalado en el artículo 2° de la Ley N° 20.544, de 2011, según la siguiente tabla de códigos:
Código
Descripción
1
Forward
2
Futuro
3
Swap
4
Cross Currency Swap
5
Credit Default Swap
6
Opción Call Americana
7
Opción Put Americana
8
Opción Call Europea
9
Opción Put Europea
10
Opción Call Asiática
11
Opción Put Asiática
12
Otros derivados incluidos en el N° 2 del artículo 2°, de la Ley 20.544, de 2011
13
Otros derivados incluidos en el N° 3 del artículo 2°, de la Ley 20.544, de 2011
14
Otros (indicar nombre del instrumento)
10.6. En la columna “Nombre del Instrumento”, cuando en el campo anterior “Tipo de Contrato” se hubiese indicado el Código 12, 13 o 14, en este
campo se deberá ingresar, sin la letra “ñ”, caracteres simbólicos ni acentos, el nombre o descripción del contrato de derivados que se informa.
En los demás casos, este campo deberá quedar en blanco.
10.7. En la columna “Modalidad de cumplimiento”, se deberá indicar la modalidad de pago estipulada en el contrato/confirmación, según los
siguientes códigos:
Código
Descripción
1
Compensación
2
Entrega física
10.8. En la columna “Posición del Declarante”, se deberá indicar el código que corresponda a la posición adoptada por el Declarante en el
contrato/confirmación informado. Indicar “Venta” si el Declarante se compromete a vender el activo subyacente contratado, o bien, indicar
“Compra”, si el Declarante se compromete a comprar el activo subyacente contratado.
Código
Descripción
1
Venta
2
Compra
En el caso de que en la columna “Tipo de Contrato” se informe el código 3 (swap), dejar este campo en blanco.
11. Completar la sección “Activo Subyacente” según lo siguiente:
11.1. En la columna “Tipo” se deberá indicar el activo subyacente del contrato según la siguiente tabla:
Código
Descripción
1
Moneda
2
Tasa de interés
3
Producto Básico / Commodity
4
Unidad de Fomento
5
Acciones
6
Índice bursátil
7
Otros (especificar)
11.2. En la columna “Código” indicar el código asociado a cada activo subyacente según lo siguiente:
a) En el caso de haber indicado Tipo “Moneda”, se deberá informar el código de moneda del subyacente de acuerdo a la codificación publicada
en la tabla Código monedas indicada en el Suplemento de Declaraciones Juradas para el año tributario respectivo.
b) En el caso de informar operaciones sobre “Tasa de interés” se deberá indicar el código que corresponda de la siguiente tabla, según se trate
de una tasa de interés pactada fija o variable.
Código
Descripción
1
Fija
2
Variable