Page 51 - Suplemento_Declaraciones_Juradas_2015

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Ediciones Especiales
diciembre de 2014
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Datos de los Fondos:
Columna “Régimen de Ingreso”: Indicar el régimen al que se atiene el contribuyente poseedor del crédito al momento de su ingreso al país,
donde las alternativas son:
1
: Capítulo XIII
2
: Capítulo XIV
3
: Capítulo XIII y DL600
4
: Capítulo XIV y DL600
5
: Otro Régimen de Ingreso
Columna “Destino de los Fondos”: Se debe indicar el uso que se le dio a los fondos del crédito una vez otorgado.
Estos pueden ser:
1
: Activos Fijos
2
: Capitales Mobiliarios
3
: Operaciones
4
: Financiamiento de Exportaciones
5
: Financiamiento de Importaciones
6
: Inversiones en el Extranjero
7
: Otros Destinos
Impuestos:
Columna “Afecto/Exento Impuesto Adicional”: Informar si los intereses del crédito están sujetos a una tributación de: (1) 4% ó (2) Exento.
Columna “Afecto/Exento Timbres y Estampillas”: Indicar si el crédito se encuentra: (1) Afecto ó (2) Exento del pago del Impuesto de Timbres y
Estampillas.
Columna “Monto Pagado Timbres y Estampillas”: Indicar el monto pagado por concepto de Impuesto de Timbres y Estampillas, expresado en
pesos chilenos actualizados al 31 de diciembre del año que se declara.
6. DETALLE DE ACREEDORES/GASTOS/GARANTES
Columna “ID de Crédito o Depósito”: Corresponde al identificador único del crédito al cual se le declarará la información de un Acreedor,
Beneficiario del Gasto o Garante.
Columna “Nombre/Razón Social de Acreedor/Beneficiario/Garante”: Colocar el nombre o razón social del Acreedor, Beneficiario del Gasto o
Garante según corresponda.
Columna “Tax-ID”: Es el identificador único que posee el Acreedor, Beneficiario del Gasto o Garante, cuyo nombre fue escrito en la columna
anterior. Este identificador es asignado por la Administración Tributaria del país donde éste reside.
Columna “País de Residencia”: Especificar el código del país del Acreedor, Beneficiario del Gasto o Garante, según corresponda, de acuerdo al
listado contenido en este Suplemento (Anexo A, Tabla 7.1).
Columna “Tipo de Relación con Deudor”: Indicar el número correspondiente al tipo de relación existente, o la de mayor preponderancia, entre el
Declarante y el Acreedor, Beneficiario del Gasto o Garante según se trate, de ahora en adelante la “Empresa”, donde las alternativas son:
Código
Tipo de Relación
1
Declarante participa directamente en la dirección, control, capital, utilidades o ingresos de la Empresa.
2
Empresa participa directamente en la dirección, control, capital, utilidades o ingresos del declarante.
3
Declarante participa indirectamente en la dirección, control, capital, utilidades o ingresos de la Empresa.
4
Empresa participa indirectamente en la dirección, control, capital, utilidades o ingresos del declarante.
5
Ambas partes se encuentran directamente bajo la dirección, control, capital, utilidades o ingresos de una misma
persona o entidad.
6
Ambas partes se encuentran indirectamente bajo la dirección, control, capital, utilidades o ingresos de una misma
persona o entidad.
7
Declarante es agencia, sucursal o cualquier forma de establecimiento permanente de la Empresa.
8
La Empresa es agencia, sucursal o cualquier forma de establecimiento permanente del declarante.
9
Declarante es persona natural, cónyuge del acreedor, beneficiario del gasto o garante.
10
Declarante es persona natural, con parentesco por consanguinidad o afinidad hasta cuarto grado del acreedor,
beneficiario del gasto o garante.
11
Declarante lleva a cabo, directamente, una o más operaciones similares o idénticas a las efectuadas con la
Empresa, con partes relacionadas de ésta última.
12
Declarante lleva a cabo, indirectamente, una o más operaciones similares o idénticas a las efectuadas con la
Empresa, con partes relacionadas de ésta última.
13
La Empresa lleva a cabo, directamente, una o más operaciones similares o idénticas a las efectuadas con el
declarante, con partes relacionadas de éste último.
14
La Empresa lleva a cabo, indirectamente, una o más operaciones similares o idénticas a las efectuadas con el
declarante, con partes relacionadas de éste último.
15
La Empresa se encuentra constituida en un país o territorio incorporado en la lista referida en el N°2 del artículo
41 D de la Ley de Impuesto sobre la Renta.
99
No existe relación entre el declarante y la Empresa.
Columna “Tipo de Relación con Acreedor”: Especificar si existe relación entre el Beneficiario del Gasto o Garante con el Acreedor, según
corresponda, para lo cual se debe utilizar el listado mencionado en el punto anterior. Este campo no está habilitado en el cuadro “Detalle de
Acreedores”.
Columna “Monto en Moneda Original”: Especificar el monto en moneda de origen de acuerdo al cuadro correspondiente.
En el cuadro “Detalle de Acreedores” se debe ingresar el monto del crédito; para el caso de créditos sindicados se debe colocar el monto
comprometido por cada Acreedor. En el cuadro “Detalle de Gastos” se deben ingresar los montos incurridos como gastos, agrupados según
Beneficiario del Gasto. En el cuadro “Detalle de Garantes”, se deben ingresar los montos de las garantías otorgadas expresadas en dinero,
agrupados por Garante. La moneda de este campo es la moneda en que fue incurrido el respectivo ítem. En caso de ser un valor con más de
dos decimales, se deberá aproximar al segundo dígito decimal. El carácter que indica la separación entre números enteros y decimales debe
ser una coma (“,”).
Columna “Moneda”: Corresponde a la moneda en que se están declarando los montos de la columna anterior.
Columna “Tipo de Cambio”: Corresponde a la división entre el monto informado en esta línea expresado en pesos chilenos actualizados al 31 de
diciembre del año que se declara y el “Monto en Moneda Original”. En caso de ser un valor con más de dos decimales, se deberá aproximar al
segundo dígito decimal. El carácter que indica la separación entre números enteros y decimales debe ser una coma (“,”).
Columna “Institución Bancaria o Financiera Extranjera o Internacional”: Indique la letra “S” si el acreedor u otorgante del crédito cumple los
requisitos señalados en la letra b) del N°1 del artículo 59 LIR (Circular N° 27 de 2008 y Resolución Ex. SII N° 59, de 2008), para ser considerado
institución bancaria o financiera extranjera o internacional, en caso contrario indique la letra “N”.
Columna “Tipo de Gasto/Garantía”: Indicar el tipo de Gasto o Garantía asociado al crédito que se está declarando. En el cuadro “Detalle de
Gastos”, las alternativas son:
1
: Honorarios
2
: Gastos Legales
3
: Asesorías Técnicas
4
: Comisiones de Administración
5
: Comisión de Compromiso
6
: Comisión Prepago
7
: Comisión de Garantía
8
: Comisión Estudio Técnico
9
: Comisión de Sindicación
10
: Otro Tipo de Gasto
En el cuadro “Detalle de Garantes”, las alternativas son:
1
: Valores
2
: Dinero
Este campo no está habilitado en el cuadro “Detalle de Acreedores”.
Columna “Detalle de Tipo de Gasto/Garantía”: Corresponde al detalle del Gasto o Garantía de acuerdo al tipo declarado en la columna anterior.
En el cuadro “Detalle de Gastos”, ingresar el concepto de pago de honorarios, gastos legales o asesorías técnicas, o el porcentaje anual del
crédito que significan las comisiones, entre otros. En el cuadro “Detalle de Garantes”, se deben especificar las garantías en valores o dinero
según corresponda. Este campo no está habilitado en el cuadro “Detalle de Acreedores”.
7. CUADRO RESUMEN DEL DETALLE DE CRÉDITOS Y DEPÓSITOS DE LA DECLARACIÓN
Columna “Monto Total del Crédito o Depósito”: Corresponde a la suma de los montos informados en la columna “Montos del Crédito o Depósito”
del cuadro “Detalle de Créditos o Depósitos”.
Columna “Total de Intereses del Crédito o Depósito”: Registrar la suma de los montos declarados en la columna “Intereses del Crédito o Depósito”
del cuadro “Detalle de Créditos o Depósitos”.
Columna “Total de Gastos Asociados al Crédito o Depósito”: Registrar la suma de los montos declarados en la columna “Gastos Asociados al
Crédito” del cuadro “Detalle de Créditos o Depósitos”.
Columna “Total de Garantías Otorgadas por Terceros”: Registrar la suma de los montos de la columna “Garantías Otorgadas por Terceros” de los
créditos informados en el cuadro “Detalle de Créditos o Depósitos”.
Columna “Total de Casos Informados”: Señalar la cantidad de registros informados en el cuadro “Detalle de Créditos o Depósitos”.
8. MODIFICACIÓN DE CRÉDITO O DEPÓSITO:
Columna “ID de Crédito o Depósito Referenciado”: No debe ser llenado para el caso de declaraciones de modificaciones de créditos o
depósitos.
Columna “Fecha de Otorgamiento/Modificación/Extinción”: Respecto de la modificación de un crédito o depósito, en este campo se debe indicar
la fecha en que ésta fue realizada. El formato de este campo es dd-mm-aaaa.
En este caso, todos los demás datos del crédito o depósito deben ser ingresados nuevamente, tanto los modificados como los que se mantienen
sin modificar, siguiendo las mismas pautas explicadas para el caso de los créditos nuevos
9. EXTINCIÓN DE CRÉDITO O DEPÓSITO:
Columna “ID de Crédito o Depósito Referenciado”: Este campo sólo debe ser usado cuando exista una extinción producto de una fusión, división,
disolución o cualquier otro acto jurídico u operación que haya implicado el traslado o la novación del crédito o depósito, en cuyo caso se debe
colocar el número asignado por el Banco Central de Chile (a través del sistema SINACOFI) al nuevo crédito, esto sin perjuicio que el sistema
asigne el mismo número de identificación que el crédito ya tenía anteriormente.
Columna “Fecha de Otorgamiento/Modificación/Extinción”: En este caso se debe indicar la fecha en que se extinguió la operación de crédito o
depósito. El formato de este campo es dd-mm-aaaa.
Respecto de las demás columnas, no se deberán ingresar más datos. Por su parte, el crédito resultante de la extinción de uno o más créditos o
depósitos deberá ser declarado considerándolo como si fuera uno nuevo.