Page 96 - Suplemento_Declaraciones_Juradas_2015

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Ediciones Especiales
diciembre de 2014
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Columna (2): Se debe registrar el monto nominal de los retiros que el afiliado o ahorrante efectuó en cada mes de su cuenta de ahorro
voluntario sujeta al régimen general. Para tales efectos no se deben considerar los retiros efectuados de la cuenta de ahorro voluntario con el
objeto de cumplir con los requisitos para pensionarse por edad o anticipadamente o destinados a incrementar el monto de la pensión o a los
fines indicados en el inciso quinto del artículo N° 21 del D.L. N° 3.500/1980.
Columnas (3) y (4): Se debe anotar en estas columnas la rentabilidad positiva o negativa, según corresponda, determinada sobre los retiros
efectuados por el afiliado o ahorrante durante el mes respectivo, efectuado de su cuenta de ahorro voluntario sujeta al régimen general,
dicha renta será calculada de acuerdo al procedimiento establecido en el inciso séptimo del Artículo N° 22 del D.L. N° 3.500 de 1980, cuyas
instrucciones se contienen en la Circular N° 1058, de la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones. Se hace presente que
en la columna (3) debe anotarse la suma total de las rentabilidades positivas determinadas durante el año sobre cada retiro efectuado, sin
compensarlas con las rentabilidades negativas obtenidas en dicho período. Por su parte, en la columna (4) debe registrarse la suma total de las
rentabilidades negativas determinadas durante el año sobre cada retiro efectuado en dicho período, sin compensarlas con las rentabilidades
positivas obtenidas en dicho período. 
Columna (5): Se debe registrar el monto nominal de los retiros que el afiliado o ahorrante efectuó en
cada mes de su cuenta de ahorros previsionales voluntarios acogidos al inciso segundo del artículo N° 42 bis de la Ley Sobre Impuesto a la
Renta. Para tales efectos no se deben considerar los retiros efectuados con el objeto de cumplir con los requisitos para pensionarse por edad o
anticipadamente o destinados a incrementar el monto de la pensión o a los fines indicados en el inciso quinto del Artículo 21 del D.L. N° 3.500/80.
También deberá registrar aquellos retiros originados en ahorros, que estando acogidos al inciso primero del Artículo 42 bis de la LIR, excedieron
los topes para gozar del beneficio tributario, y por lo tanto, ya se afectaron con el Impuesto Único de Segunda Categoría.
Columnas (6) y (7): Se debe anotar en estas columnas la rentabilidad positiva o negativa, según corresponda, determinada sobre los retiros
efectuados por el afiliado o ahorrante durante el mes respectivo, desde su cuenta de ahorros previsional voluntarios acogidos al inciso segundo
del Art. 42 bis de la Ley Sobre Impuesto a la Renta. Dicha renta será calculada de acuerdo al procedimiento establecido en el inciso séptimo
del artículo N° 22 del D.L. N° 3.500 de 1980, cuyas instrucciones se contienen en las Circulares N°s.1533 y 1534 de la Superintendencia de
de Pensiones. Se hace presente que en la columna (6) debe anotarse la suma total de las rentabilidades positivas determinadas durante el año
sobre cada retiro efectuado, sin compensarlas con las rentabilidades negativas obtenidas en dicho período. Por su parte, en la columna (7)
debe registrarse la suma total de las rentabilidades negativas determinadas durante el año sobre cada retiro efectuado en dicho período, sin
compensarlas con las rentabilidades positivas obtenidas en dicho período.
Columna (8): Registre los factores de actualización correspondientes a cada mes, según publicación efectuada por el SII.
Columnas (9) y (10): Se debe anotar en estas columnas los valores que resulten de multiplicar la suma de las cantidades registradas en las
columnas (3) con (6) y (4) con (7), por los factores indicados en la columna (8), respectivamente.
Notas: 
1)  En el caso de traspaso de un afiliado a otra institución cada declarante (tanto el antiguo como el nuevo), estarán obligadas a emitir el
Certificado Nº 9 dentro del plazo legal establecido para tal efecto, considerando exclusivamente los retiros efectuados por el trabajador en el
período de su incorporación en cada institución.
2)  Se deja constancia que los totales que se registran en las columnas (2), (3), (4), (5), (6), (7), (9) y (10), deben coincidir exactamente con la
información que se proporciona al SII para cada ahorrante, a través de la Declaración Jurada Formulario Nº 1889.
Certificado N° 10, Sobre Situación Tributaria de Inversiones en Fondos Mutuos
RUT N°
Dirección
MAYOR
VALOR
MENOR
VALOR
MAYOR VALOR
(1)
(4)
(5)
(6)
(4) x (6) = (7)
ENERO
$
$
$
$
FEBRERO
MARZO
ABRIL
MAYO
JUNIO
JULIO
AGOSTO
SEPTIEMBRE
OCTUBRE
NOVIEMBRE
DICIEMBRE
$
INFORMACIÓN ADICIONAL PARA LA DECLARACIÓN DE IMPUESTO
(a) Proporción del Activo del Fondo invertido en acciones como promedio anual
………………….…………………%
(b) Monto mantenido invertido por el participe en el Fondo Mutuo durante todo el año actualizado, por cuotas adquiridas
antes del 04.06.93.
$....................................
(C) Proporcion Anual del Activo del Fondo invertido en Acciones del N°1 de la letra A) del anterior texto del artículo 57 bis de la
………………….…………………%
Ley del la Renta.
(d) Si el porcentaje de la letra (a) es igual o mayor a un 50%, se puede invocar un credito con tasa del 5% sobre el valor neto de las
columnas (7) y (8) del recuadro anterior. Si dicho porcentaje fluctúa entre un 30% y menos de un 50%, dicho credito procede con
tasa del 3%. Los remanentes que resulten de estos creditos no dan derecho a imputación ni a devolución.
(e.) Respecto de la información anotada en las letras (b) y (C.), el partícipe podrá invocar la rebaja por acciones a que se refiere el
N°1 de la letra A) del anterior texto del art. 57 bis de la LIR, respecto de cuotas adquiridas con anterioridad al 04.06.93.
Mayores instrucciones consultar en Suplemento Tributario publicado por el Servicio de Impuestos Internos
PERÍODOS
VALOR CUOTAS AL
MOMENTO DEL RESCATE
FACTOR
ACTUALIZACION
Certificamos que el Sr. ............................................................... RUT N°....................................................., partícipe del Fondo Mutuo de …………………………..
De la Administradora ……........………… ha obtenido durante el año comercial 20.... las siguientes rentas por concepto de rescate de Fondos Mutuos
adqwuiridas hasta el 19.04.2001 no acogidas al mecanismo de incentivo al ahorro de los artículos 42 bis y 57 bis de la Ley de la Renta, respecto de las cuales
podrán invocarse los beneficios tributarios que se indican.
TOTAL MAYOR (O MENOR) VALOR OBTENIDO EN RESCATE DE CUOTAS ACTUALIZADO
$
MONTOS ACTUALIZADOS
MENOR VALOR
(2)
Nombre, N° RUT y Firma del Representante Legal de la Sociedad
Administradora o Institución Intermediaria
VALOR ADQUISICIÓN
CUOTAS ACTUAL.
MOMENTO DEL RESCATE
(3)
VALOR OBTENIDOS EN
RESCATE DE CUOTAS
(5) x (6) = (8)
$
Se extiende el presente certificado en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto de Ley N° 1328, de 1976
CERTIFICADO N° 10 SOBRE SITUACION TRIBUTARIA DE INVERSIONES EN FONDOS MUTUOS.
$
$
:………………………………………………………………………………………………………………………………………….
:…………………………………………………………………………………………………………………………………………..
Certificado N° ………………………………………………
Ciudad y Fecha:…………………………………………….
Razón social Soc. Administradora o Institución Intermediaria
:………………………………………………………………………………………………………………………………………….
INSTRUCCIONES PARA CONFECCIONAR EL CERTIFICADO MODELO N° 10
De acuerdo a lo establecido en la Resolución Ex. N° 171, de fecha 26.12.2008 del SII las empresas obligadas a emitir este certificado son las
Sociedades Administradoras de Fondos Mutuos mediante el cual se debe informar a los partícipes en dichos fondos, el mayor o menor valor
obtenido en el rescate de cuotas de Fondos Mutuos adquiridos hasta el 19.04.2001, no acogidos a las normas de los artículos 42 bis y 57 bis de
la Ley de la Renta y, además, los beneficios tributarios que puedan invocarse por la tenencia de tales inversiones. El citado certificado deberá
emitirse por cada Fondo Mutuo que administra la Sociedad Administradora.
De igual forma, están obligadas a emitir este Certificado todas aquellas Instituciones Intermediarias que efectúen a su nombre, inversiones por
cuenta de terceros, informando en tal caso a su mandante o al verdadero titular o beneficiario del rescate de las cuotas de Fondos Mutuos la
información indicada en el párrafo anterior.
El mencionado Certificado, se confecciona mediante las siguientes instrucciones:
Se debe indicar si el Emisor del Certificado corresponde a una Administradora de Fondos Mutuos o Institución Intermediaria
.
Además se debe
incorporar los datos del emisor: Razón Social, RUT y Dirección.
Columna (1): Se debe anotar los meses del año en los cuales el partícipe rescató cuotas de fondos mutuos no acogidos a las normas de los
artículos 42 bis y 57 bis de la Ley de la Renta.
Columna (2): Se debe registrar el valor que tenían las cuotas en el momento del rescate, valor que se determina de acuerdo a las instrucciones
impartidas por la Superintendencia de Valores y Seguros sobre la materia y Circular Nº 1, de 1989, del SII.
Columna (3): Se debe anotar el valor de adquisición de las cuotas actualizadas hasta la fecha en que se rescatan, valor que debe determinarse
bajo las mismas instrucciones indicadas en la columna anterior.
Columnas (4) y (5): Se debe anotar en estas columnas la diferencia que resulte de restar a la cantidad registrada en la Columna (2), la anotada
en la columna (3). Si el resultado obtenido fuera positivo debe registrarse en la columna (4). En caso contrario, dicho resultado se registra en
la columna (5).
Columna (6): Se debe registrar los factores de actualización correspondientes a cada mes según publicación efectuada por el SII.
Columna (7): Se debe anotar en esta columna los valores que resulten de multiplicar las cantidades registradas en la columna (4) por los factores
de actualización indicados en la columna (6).
Columna (8): Se debe anotar en esta columna, los valores que resulten de multiplicar las cantidades registradas en la columna (5) por los factores
de actualización indicados en la columna (6).
LÍNEA: TOTAL MAYOR (O MENOR) VALOR OBTENIDO EN RESCATE DE CUOTAS, ACTUALIZADO: Se debe anotar la cantidad que resulte
de sumar las cantidades registradas en la columna (7) y/o (8).
RECUADRO: INFORMACIÓN ADICIONAL PARA DECLARACIÓN DE IMPUESTO: La información que debe proporcionarse en las letras (a) a
la (c) de dicho Recuadro, debe determinarse de acuerdo a las instrucciones impartidas por la Superintendencia de Valores y Seguros sobre la
materia y Circulares Nº 1, de 1989 y 56, de 1993, del SII y Suplemento Tributario del año respectivo.
Nota: Se deja constancia que los totales que se registran en las columnas (7) y (8), deben coincidir exactamente con la información proporcionada
al SII para cada inversionista a través de la Declaración Jurada Formulario 1894.
Certificado N° 11, Sobre Situación Tributaria de Beneficios Repartidos por Sociedades Administradoras de Fondos de Inversión de la
Ley N° 18.815/89 y Fondos Mutuos Según el Artículo 17 del D.L. N° 1.328/76, no Acogidos al Mecanismo de Incentivo al
Ahorro Establecido en los Artículos 42 bis y 57 bis de la Ley de la Renta
Razón Social Soc. Administradora
RUT N°
Dirección
Giro o Actividad
(1)
(2)
(3)
(6)
(7)
(8)
(9)
(10)
(11)
(12)
(13)
(14)
(15)
(16)
(17)
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Sólo en el caso de Fondos de Inversión Nacionales Ley N° 18.815/89, sin considerar a los Fondos de Inversión Privados a que se refiere el Título VII de la misma ley:
Se certifica además que el inversionista individualizado, para los fines de la franquicia tributaria establecida en el anterior texto del artículo 32 de la Ley N° 18.815, cuenta con la siguiente información:
* Cuotas de Participación adquiridas con anterioridad al 04.06.93
Según Registro de Partícipe N° ……………………………………………………………………………………………………..
(Anotar N° de Cuotas) ………………………………………………………..
*Monto Inversión en cuotas de participación, actualizado al
30.04.2014 …………………………………………………………………………………………………………………………………
$ ………………………………………………………………………………………..
Se extiende el presente certificado en cumplimiento de la normativa vigente.
RESOLUCIÓN EX. SII N°_106.-___/
:…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..
CERTIFICADO N° ………………………………………………………….………………
Ciudad y Fecha:……………………………………………………………………………
:…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..
:…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..
:…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..
Nombre, N° RUT y Firma del Representante Legal de la
Sociedad Administradora
Crédito por
Impuestos
Externos
Incremento
por
Impuesto de
1a Categoría
Crédito para Imptos. Gl. Comple. o Adicional
Monto Exento de
Impuesto Gl.
Comp.
Exentos de Global
Complementario
Monto No
Constitutivo
de Renta
Impuesto 1a Categoría
Con Derecho a
Devolución
CERTIFICADO N° 11 SOBRE SITUACIÓN TRIBUTARIA DE SOBRE SITUACIÓN TRIBUTARIA DE BENEFICIOS REPARTIDOS POR SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE INVERSIÓN DE LA LEY N° 18.815/89 Y FONDOS MUTUOS SEGÚN EL ARTÍCULO 17 DEL D.L. N° 1.328/76, NO
ACOGIDOS AL MECANISMO DE INCENTIVO AL AHORRO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 42 BIS Y 57 BIS DE LA LEY DE LA RENTA.
Monto
Actualizado
Situación Tributaria del Beneficio
Con Derecho a
Devolución
Sin Derecho a
Devolución
Sin Derecho a
Devolución
Monto afecto a
Impto. Gl,
Compl. o
Adicional
La Sociedad Administradora certifica que al Sr. (a) ………………………………………………………………………………………………….., RUT N° ……………………………………………, inversionista del Fondo …………………………………………………………………… durante el período del año comercial ………………………..
Se le han distribuido los beneficios que se indican más adelante, los cuales presentan la siguiente situación tributaria:
Fecha de Pago
del Beneficio
Tipo de
Fondo
Rut Fondo de
Inversión
N° Reparto del
Beneficio
Impto. Tasa
Adic. Ex Art.
21
Afectos a G. Complementario o
Adicional
Totales
$
Monto
Histórico
Beneficio
Factor
Actualización
(4)
(5)
INSTRUCCIONES PARA CONFECCIONAR EL CERTIFICADO MODELO N° 11
IMPORTANTE: Producto de la vigencia de la Ley que regula la administración de fondos de terceros y carteras individuales (Art. 1° Ley
20.712, de 2014), a contar del 01.05.2014 quedan derogadas la Ley N° 18.815 y el Decreto Ley N°1.328, normas en virtud de las cuales se
solicitaba la información contenida en el presente certificado. Por lo anterior, para este año tributario, este certificado debe contener sólo los
antecedentes generados entre el 01.01.2014 y el 30.04.2014 inclusive.
Este Certificado debe ser emitido por las Sociedades Administradoras de Fondos de Inversión de la Ley N° 18.815, Sociedades Administradoras
de Fondos de Inversión Privados del Título VII de la Ley N° 18.815 y Sociedades Administradoras de Fondos Mutuos, todas NO acogidas al
Artículo 57 bis de la Ley de La Renta y que, en el caso de las últimas, de acuerdo con los actuales incisos tercero y cuarto del Artículo 17 del D.L. N°
1328, hayan establecido en los reglamentos internos de los fondos mutuos, que reparten beneficios a sus partícipes a prorrata de su participación
en el fondo o de la serie respectiva, certificando a los aportantes la situación tributaria de los beneficios distribuidos durante el ejercicio comercial