Este portal proporciona información a los contribuyentes para que se mantengan actualizados e instruidos sobre novedades en la operación de estos documentos.
Aprende sobre las etapas del proceso
  • Para cumplir con las obligaciones tributarias debes tener claro si utilizarás un sistema de emisión de boletas, comprobantes de pagos electrónicos (voucher) o ambos sistemas.
  • La boleta electrónica de ventas y servicios es el comprobante tributario que acredita la venta de un producto o servicio a un consumidor final.

    Este documento puede ser emitido a través del sistema gratuito que dispone el SII o a través de un sistema de mercado o desarrollo propio.

    Existen dos tipos de boletas:

Boleta Electrónica (Afecta)>
Documento que da cuenta de las ventas y/o la prestación de servicios afectos a impuestos establecidos en la Ley sobre Impuestos a las Ventas y Servicios.
Boleta No Afecta o Exenta Electrónica>
Documento que da cuenta de las ventas y/o la prestación de servicios no afectos o exentos a los impuestos establecidos en la Ley sobre Impuestos a las Ventas y Servicios.

  • El Comprobante de pago electrónico (voucher) es el recibo generado por pagos a través de tarjetas de débito o crédito que entrega la máquina de pago (POS) o en ventas por Internet, el cual tiene validez como boleta electrónica.

    Los operadores de medios de pagos electrónicos son los encargados de informar dichos pagos electrónicos. Estos operadores deben estar inscritos y autorizados para enviar la información de las transacciones al SII.

    Ver lista de Operadores
  • Siempre se debe emitir Boleta Electrónica por pagos recibidos en efectivo y transferencias electrónicas.

De acuerdo a la normativa vigente estos son los documentos que se deben emitir y son válidos de acuerdo a la forma de pago que realicen los clientes:

Para operar con boletas electrónicas debes inscribirte en un sistema de emisión que más se ajuste a las necesidades de la empresa, y de esta forma cumplir con la normativa legal vigente.

Existen dos alternativas:


Sistema de emisión de Boletas Electrónicas SII (gratuito)>
  • La inscripción debe ser realizada por el representante legal de la empresa o por el mismo contribuyente si es persona natural, utilizando la clave tributaria.
  • Se puede acceder y operar gratuitamente a través del sitio web del SII en un PC o dispositivo móvil, o bien descargando la aplicación e-Boleta en Play Store, App Store y App Gallery.
  • No se integra con aplicaciones informáticas del contribuyente, es decir, funciona a través de la plataforma del SII y solo con los documentos que allí se ponen a disposición.
Inscríbete aquí
Sistema de emisión de Boletas Electrónicas de mercado o desarrollo propio>
  • El contribuyente debe realizar un proceso de certificación en el SII, o bien, adquirirlo a un proveedor ya autorizado por el SII.
    Ver lista de proveedores
  • Sus costos dependerán del precio del sistema que le ofrece la empresa proveedora y de su implementación.
  • Es integrable con otros sistemas informáticos que utilice la empresa (ERP, Software de Gestión Empresarial, entre otros).
Inscríbete aquí

Todos los contribuyentes deben informar al SII la forma de emisión en relación al uso de las boletas electrónicas y el comprobante de pago electrónico, con la finalidad de registrar correctamente sus ventas en el Registro de Compras y Ventas del SII.

Recordatorio: De acuerdo a la normativa vigente estos son los documentos que se deben emitir de acuerdo a la forma de pago.

Existen dos formas de emisión:

Siempre emito Boletas de Ventas y Servicios Electrónica aún cuando reciba un pago electrónico.

  • En cuyo caso se emiten ambos documentos (boleta y voucher).

No emito Boleta de Ventas y Servicios cuando recibo un pago electrónico.

  • Cuando recibo un pago electrónico (por ejemplo, tarjeta de crédito), no emito ningún otro documento, ya que es válido como boleta de ventas y servicios electrónica.
  • Emito boletas de ventas y servicios sólo cuando me pagan en efectivo, transferencia electrónica u otros medios de pago no electrónicos.
Declare Modelo de Emisión de Boleta Electrónica

Este modelo de emisión comenzará a regir desde el momento que realices la declaración en el sitio web del SII y podrá ser modificado sólo una vez al día.

En la siguiente tabla, visualizarás los documentos que debes emitir de acuerdo al modelo de emisión con boleta electrónica que hayas elegido:

Modalidades de Pago ¿Qué documento debo emitir de acuerdo a mi modelo de emisión? (Modelo declarado en el SII)
Opción: No emito Boleta de Ventas y Servicios cuando recibo un pago electrónico Opción: Siempre emito Boletas de Ventas y Servicios Electrónica aún cuando reciba un pago electrónico
Solo efectivo y/o transferencias bancarias Boleta Electrónica Boleta Electrónica
Solo pago electrónico Voucher
Efectivo y pago electrónico
  • Efectivo y Transferencia: Boleta Electrónica
  • Pago electrónico: Voucher

Puedes emitir boletas electrónicas a través del sitio web del SII o por la aplicación e-Boleta SII que está disponible en las tiendas digitales Play Store, App Store y App Gallery.

Cuando realices cambios en usuarios, direcciones, giros, entre otros, y para asegurarte que estos cambios se vean reflejados en tus boletas electrónicas debes actualizar los datos de la empresa en la aplicación. Puedes revisar la siguiente guía de ayuda:

Guía paso a paso

Los contribuyentes que desarrollan actividades de venta de productos y/o servicios deben realizar su Declaración Mensual de Impuestos (F29). El Servicio elabora una propuesta de Formulario 29 utilizando la información disponible en el Registro de Compras y Ventas (RCV). Actualmente, el RCV refleja todas las facturas electrónicas, boletas electrónicas y comprobantes de pago electrónicos emitidos en cada mes.

Te recomendamos realizar revisiones periódicas del Registro de Compras y Ventas. En caso de encontrar diferencias entre la información registrada y tus ventas, puedes tomar acciones para solucionar estas inconsistencias. Esto garantizará la correcta construcción de la propuesta del Formulario 29.

  • Inconsistencias en boletas electrónicas
    Si detectas boletas electrónicas que debes corregir, debes emitir una nota de crédito electrónica que la modifique o la anule. Puedes revisar las siguientes guías de ayuda según corresponda:
Guía paso a paso para inscritos en factura electrónica Guía paso a paso para no inscritos en factura electrónica
  • Inconsistencia con los comprobantes de pago electrónicos (voucher)
    Si detectas diferencias con los Comprobantes de Pago Electrónico (voucher), debes modificar el Registro de Compras y Ventas (RCV). Puedes revisar la siguiente guía de ayuda:
Guía paso a paso