Es un impuesto de recaudación municipal que se aplica a los Bienes Raíces y que se determina sobre el avalúo fiscal de las propiedades, de acuerdo con los parámetros establecidos en la Ley 17.235.
No todas las propiedades pagan este impuesto. Por ejemplo, para las propiedades habitacionales, la ley establece un monto exento, que al primer semestre del 2026 es de $60.030.710.
Los bienes raíces o inmuebles son aquellos que no pueden transportarse de un lugar a otro, es decir, son propiedades que no pueden moverse del lugar en el que están, tales como tierras, locales o viviendas.
Los bienes raíces se clasifican de acuerdo a su serie (agrícola y no agrícola) y a su destino o uso (comercial, habitacional, etc.).
El Reavalúo es la actualización a los valores de terreno y construcciones de los bienes raíces en todo el país, realizado cada 4 años a los bienes agrícolas y no agrícolas. Y anualmente en el caso de los sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros. Permite determinar el avalúo fiscal para cada propiedad, reflejando las variaciones que ha tenido su valor en el tiempo.
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Digital
Es una plataforma que permite, a través de mapas en línea, revisar la ubicación espacial del predio o propiedad consultada, compararla con el entorno y conocer datos como el rol, destino, avalúo afecto y exento, superficie, entre otros.