La información que entregas al Servicio al momento de presentar tus Declaraciones Juradas es clave para que tú y tus trabajadores puedas realizar su Declaración de Renta de forma correcta, sin observaciones que te impliquen trámites adicionales o demoras en acceder a eventuales devoluciones.
que consiste en un anticipo de impuestos que debes presentar mes a mes a través del Formulario 29 y/o Formulario 50. De esta forma, puedes distribuir el pago de tus impuestos a lo largo del año, y no hacerlo de una sola vez en la declaración anual.
En el caso que cuentes con trabajadores dependientes, o a honorarios, debes declarar en el mismo formulario 29, las retenciones de impuesto único o de honorarios, respectivamente.
Para contribuyentes que presten servicios en forma independiente, solo deben presentar el Formulario 29 cuando hayan emitido boletas de honorarios por las cuales deban declarar y pagar, en carácter de Pago Provisional Mensual, el porcentaje de los ingresos percibidos correspondientes (13,75% en 2024).
Para realizar tu Declaración de Renta, es especialmente importante que el monto que declares en tu Formulario 22 considere todos tus ingresos (ventas, contratos, u otras operaciones que generen ingresos, etc.) y/o costos (compras u otras transacciones que sean necesarias para la operación del giro), asegurándote que considere a lo menos lo que declaraste como ventas y compras en tu Formulario 29 y/o Registro de Compras y Ventas (RCV) durante el año anterior, para que tu Declaración de Renta no sea observada por una sobredeclaración o subdeclaración de ingresos y/o costos.
Cuando detectes diferencias en los montos declarados o pagos realizados, o si la información no concuerda con tus libros contables.
Estas diferencias también pueden ser detectadas por el SII. En este caso, te notificaremos las inconsistencias y deberás rectificarlas a la brevedad en línea a través de la opción Corregir o Rectificar Declaración. Si no estás de acuerdo con las diferencias que te señalemos, debes concurrir a nuestras oficinas para aclararlas, y puedas ser liberado de la notificación.
Para que puedas recibir a tiempo la información que necesitas para cumplir con tus obligaciones tributarias debes mantener actualizado y verificado tu correo electrónico. Si no lo has hecho, en este paso a paso te contamos cómo hacerlo.
para respaldar las operaciones afectas, exentas y no afectas a IVA efectuadas, y de esta forma poder realizar el pago de tu Impuesto al Valor Agregado en forma oportuna y correcta.
Al igual que con tu Declaración de IVA, es muy importante que rectifiques la información de tu RCV si detectas diferencias o inconsistencias
En esta Operación Renta, un aspecto al que debes poner especial atención si formas parte del Régimen Semi Integrado (Letra A) del Artículo 14 de la Ley de Impuesto a la Renta, es que los ingresos que declares en su Formulario 22 sean consistentes con los declarados en tus Formulario 29 y en tu Registro Compras y Ventas (RCV) del año comercial anterior.
Para ello, revisa que la información de sus ingresos, costos y/o gastos, hayan sido debidamente declarados en sus Formularios 29 del año 2024 y en tu Registro de Compras y Ventas (RCV) del mismo período. Si detectas alguna inconsistencia puedes rectificarla en línea en la opción Consulta Integral F29. Puedes revisar cómo hacerlo en este Paso a Paso.
para que puedas recibir en forma oportuna toda la información que necesitas para cumplir con tus obligaciones tributarias.
Para evitar problemas posteriores, como multas. Puedes hacerlo en línea, en la opción Término de Giro, donde además puedes acceder a ayudas para facilitarle el trámite.