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CIRCULAR N°11 DEL 07 DE FEBRERO DEL 2007
MATERIA : ESTABLECE NUEVA APLICACIÓN VÍA INTERNET PARA CONSULTA E INGRESO DE VERIFICACIONES DE ANTECEDENTES DEL PROPIETARIO PARA LOS CONSERVADORES DE BIENES RAÍCES. REEMPLAZA CIRCULAR N° 4 DEL 15 DE ENERO DEL 2002.

1.   Introducción y alcances

A fin de agilizar las solicitudes de modificación del nombre del propietario de un bien raíz y/o dirección para el envío de contribuciones y notificaciones referidas al Impuesto Territorial,  este Servicio ha implementado una nueva aplicación computacional en su sitio web, a través de la cual los Conservadores de Bienes Raíces podrán verificar los antecedentes informados por los contribuyentes en las respectivas solicitudes, herramienta que reemplaza el procedimiento instruido para estos efectos en la Circular N° 4, de 2002.

Por estas razones, mediante la presente circular se deroga la Circular N° 4, de 2002, y se imparten instrucciones actualizadas sobre la presentación en la Oficina Virtual del SII en Internet, de solicitudes relativas a la modificación del nombre del propietario de un bien raíz y/o cambio de dirección para el envío de contribuciones y notificaciones, consulta de estado de la misma y la verificación a efectuar por los Conservadores de Bienes Raíces.

2.   Solicitud de modificación del nombre del propietario de un bien raíz y/o cambio de dirección para el envío de contribuciones y notificaciones

2.1  Instrucciones

El peticionario debe acceder a esta aplicación desde la Oficina Virtual del SII (www.sii.cl), la cual se encuentra disponible en el Menú de Bienes Raíces. Para iniciar una solicitud de modificación, es necesario que el solicitante sea un usuario registrado en el sitio web del SII y que cuente con la respectiva clave secreta que lo identifique o certificado digital, en su caso.

Una vez desplegada la aplicación, se deberá ingresar la información de la región, comuna y rol de la propiedad. Para los propietarios ya registrados, es posible realizar una búsqueda de todas las propiedades asociadas a su RUT que hayan sido previamente informadas al SII.

Una vez que se haya accedido a la aplicación se deberá ingresar la información del actual propietario del bien raíz (nombre y RUT), junto con los datos de la inscripción en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces respectivo, a saber fojas, número y año. Estos antecedentes podrán obtenerse de la escritura de compraventa inscrita en el Conservador de Bienes Raíces respectivo o certificado de dominio vigente de la propiedad, entre otros.

El solicitante, o el propietario indicado en la solicitud, podrá consultar en la Oficina Virtual del SII www.sii.cl el estado de la solicitud respectiva, la cual podrá ser aceptada o rechazada; esto último ocurrirá cuando los antecedentes de que disponga el SII o el Conservador de Bienes Raíces respectivo, no concuerden con lo informado por el solicitante.

2.2   Ingreso o modificación de dirección para el envío de las contribuciones y notificaciones

Junto con la solicitud anterior, o en forma independiente, será posible ingresar, modificar o eliminar la dirección para el envío de los avisos de pago de contribuciones y/o notificaciones del SII referentes a bienes raíces. Opcionalmente se podrá solicitar el envío a una casilla, clasificador u oficina de la Empresa de Correos de Chile.

Este trámite será obligatorio tratándose de sitios eriazos o predios agrícolas.

2.3   Solicitudes correspondientes a Inscripciones Especiales de Herencia 

En caso de que la propiedad haya sido adquirida por sucesión por causa de muerte, el solicitante deberá indicar el RUT del causante, junto con la información de la inscripción especial de herencia en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.

En caso de que la actualización sea procedente, el SII ingresará como propietario en el catastro de bienes raíces al causante, anteponiendo al nombre de éste el prefijo “Suc” (abreviatura de sucesión).  

2.4   Solicitudes asociadas a comunidades o comuneros de un bien raíz 

No será posible utilizar esta aplicación para las propiedades registradas a nombre de dos o más personas, naturales o jurídicas, en el Conservador respectivo, en razón de que en estos casos es necesario previamente verificar la documentación que acredite los derechos de cada propietario.

Para estos casos los propietarios o su mandatario, deberán presentar un formulario número 2118 en cualquier oficina del SII, adjuntando los documentos que acrediten sus derechos. 

3.   Mecanismo de validación de la información a efectuar por los Conservadores de Bienes Raíces 

Para aquellas solicitudes de “Modificación del nombre del propietario de un bien raíz” recepcionadas por el SII y que no se cuente con toda la información para validarla, se procederá a solicitar al Conservador de Bienes Raíces su verificación.

Mecanismos de verificación

a) Vía fax

Consiste en el envío de un fax a un número registrado del Conservador de Bienes Raíces respectivo en las bases de datos del SII, generándose un registro de la fecha y hora de la recepción de la solicitud conforme del envío. El formato del fax se encuentra en el Anexo N° 2. El Conservador deberá responder por el mismo medio, al número indicado en dicho fax.

b) Vía Internet

A través de una aplicación computacional disponible en el sitio web del SII, este Servicio requiere al Conservador de Bienes Raíces respectivo los antecedentes necesarios para validar la información proporcionada por el solicitante, debiendo dicho Conservador  responder el requerimiento por este mismo medio. 

3.1   Instrucciones para la verificación de las solicitudes 

Recibidas las solicitudes vía fax o vía Internet, los Conservadores verificarán las mismas, aprobándolas o rechazándolas:

  • En el caso de aprobar la solicitud:

a)      Si el mecanismo de verificación es vía fax, se deberá marcar una “X” en el recuadro “V°B°” de la “Solicitud de Verificación de Antecedentes del Propietario”,

b)      Si el mecanismo de verificación es vía Internet, se  deberá seleccionar la opción “Aceptar” y luego “Grabar” dentro de la aplicación.

En ambos casos, la aprobación deberá cumplir con las siguientes condiciones copulativas:

1)      Los datos de la inscripción de dominio del bien raíz (fojas, número y año) deben corresponder a una inscripción en el Registro de Propiedad.

         De esta forma, la circunstancia de no indicarse en la solicitud la fecha de la inscripción (sólo se requiere el año) o que se trate de una inscripción a “fojas vuelta” no son causales de rechazo de la misma.

2)      La inscripción del bien raíz se encuentre vigente en el Registro de Propiedades del Conservador.

3)      El bien raíz debe encontrarse inscrito a nombre de un solo propietario o corresponder a una comunidad hereditaria.

         Si la actualización se solicita respecto de un inmueble adquirido por sucesión por causa de muerte, el Conservador deberá constatar que el nombre del propietario que se solicita validar, corresponda al causante de la respectiva inscripción especial de herencia; para ello, el SII indicará en estos casos el prefijo “Suc” (abreviatura de sucesión).

4)      El propietario (nombres y apellidos o razón social) indicado en la solicitud debe corresponder al registrado en la inscripción de dominio vigente. En caso de existir un RUT o cédula de identidad en el registro, éste deberá coincidir con el indicado por el SII.

5)      La dirección de la propiedad registrada en el Conservador de Bienes Raíces respectivo debe corresponder a la indicada por el SII en la respectiva solicitud. En caso de existir diferencias entre ambas, por cambio de nombre de la calle o denominación abreviada de la misma, no deben existir dudas de que ambas corresponden al mismo predio.

6)      La inscripción indicada en la solicitud no debe corresponder a una  posesión efectiva, por cuanto como se señaló, tratándose de una comunidad hereditaria, los datos de la inscripción que deben citarse en la solicitud son los correspondientes a los de la Inscripción Especial de Herencia.

  • En el caso de rechazar la solicitud:

a)      Vía fax, se deberá marcar una “X” en el recuadro “Rechazo” en la “Solicitud de Verificación de Antecedentes del Propietario”.

b)      Vía Internet, se seleccionará la opción “Rechazar” dentro de la aplicación y luego grabar.

         En ambos casos, se deberá seleccionar la causal más acorde al motivo que dio origen a éste. Las causales vigentes, a contar de la publicación de la siguiente circular, son las siguientes:

         Listado de causales de rechazo   

Número

Descripción

1

Inscripción mal citada o inexistente.

2

Inscripción no vigente.

3

Bien Raíz con más de un propietario.

4

Propietario no corresponde al registrado en la inscripción.

5

Dirección de la propiedad en el SII no coincide con la del Conservador.

6

Inscripción corresponde a posesión efectiva.

 

3.2   La propiedad informada corresponde a otro Conservador  

En el caso que la propiedad consultada se ubique en el territorio jurisdiccional de un Conservador distinto al consultado, éste deberá proceder de acuerdo a las siguientes instrucciones:  

Para las solicitudes vía fax, se deberá marcar con una “X” el recuadro “Otro Conservador”, enseguida se deberá anotar en la línea dispuesta al lado del recuadro, el Registro Conservatorio al cual corresponda el bien raíz.  

Para las solicitudes vía Internet, se deberá seleccionar la opción “Otro Conservador”, enseguida seleccionar de la lista que se desplegará, el Registro Conservatorio que corresponda y proceder a grabar.  

3.3   Plazo para validar las solicitudes de verificación  

Se establece un plazo de cuatro (4) días hábiles para la resolución del Conservador de Bienes Raíces respecto de las solicitudes de verificación enviadas por el SII, plazo que rige a partir del día hábil siguiente, ya sea para los envíos vía fax, o bien desde que se encuentran disponibles para su consulta en la aplicación dispuesta en Internet.  

4.   Acceso al sistema de verificación de solicitudes vía Internet para los Conservadores de Bienes Raíces  

Esta aplicación se encontrará disponible para los Conservadores que lo soliciten al SII, la cual se denomina “Módulo de Consultas y Verificaciones CBR”. Para acceder a esta aplicación se deberá completar el formulario del Anexo N° 1, indicando el o los funcionarios autorizados para ingresar al sistema y enviarlo al fax (2) - 3951634.

Así mismo, el Conservador en este formulario podrá, de acuerdo a lo indicado en el Manual de Usuario, definir el perfil para cada uno de ellos (consultar solicitudes e informes, ingresar respuestas y otros).  

El Conservador a su vez deberá informar, al menos con un día hábil de antelación, cuando decida dejar sin efecto la autorización. Para ello deberá mandar un correo electrónico a la casilla correo_ava@sii.cl o bien un fax al número (2)-395 16 34, indicando el RUT, nombre de la persona  y la fecha desde la cual se requiere dejar nulo el acceso a esta aplicación.  

Para acceder a este módulo, el usuario debe estar registrado en la Oficina Virtual del SII www.sii.cl e ingresar desde el Menú de Bienes Raíces, a la opción “Acceso a Opciones de Relacionados” y finalmente al “Módulo de Consultas y Verificaciones CBR”.  

Mayor información se dispondrá en el Manual del Usuario disponible en el módulo, en www.sii.cl.  

5.   Vigencia de la presente circular

Las presentes instrucciones regirán a contar del  1° de marzo de 2007.  

Para mayor información sobre las instrucciones impartidas, los Conservadores podrán requerirla a través de la Mesa de Ayuda del SII fono (2) 395 11 15 o al correo electrónico correo_ava@sii.cl .  

 

Saluda atentamente a Ud.,  

 

RICARDO ESCOBAR CALDERÓN  
DIRECTOR  

 

DISTRIBUCIÓN:  
-   AL BOLETÍN  
-   A INTERNET  
-   AL DIARIO OFICIAL, EN EXTRACTO  

 

ANEXO N° 1  
Formulario de “Solicitud de creación o eliminación de usuarios al Módulo de Consultas y Verificaciones CBR”, disponible para los Conservadores de Bienes Raíces.  

ANEXO N° 2  
Formato del Fax de “Solicitud de Verificación de Antecedentes del Propietario”.