El
Servicio de Impuestos Internos (SII) recuerda a los contribuyentes de
primera categoría cuyo 1% de las remuneraciones imponibles anuales es
menor o igual a 13 unidades tributarias mensuales de diciembre de 2003 y
que en la Operación Renta 2004 solicitarán hacer uso del crédito para
gastos de capacitación, que deben presentar a la brevedad la declaración
jurada 1827.
Esta
declaración jurada, detallada en la Resolución
N° 26 del 6 de febrero de 2004, deberá ser entregada ante el SII
por medios electrónicos a más tardar el 1 de marzo de 2004,
detallando la nómina de todos los receptores de las rentas pagadas por
el empleador, capacitados o no, utilizando una
sola línea por cada mes que se informe por persona,
conforme a las Instrucciones
para la confección de la Declaración Jurada N° 1827.
Se
recuerda también que quienes presentan la declaración jurada 1827, quedan
eximidos de presentar el Formulario 1887 (Declaración Jurada
Anual sobre Rentas del artículo 42, número 1 (Sueldos) y Retenciones
del Impuesto Único de la Ley de la Renta).
También
se hace presente a aquellos contribuyentes que hayan realizado aportes a
Organismos Técnicos Intermedios de Capacitación (OTIC), y cuyo 1% de
las remuneraciones imponibles anuales es menor o igual a 13 UTM de
diciembre de año comercial correspondiente, la obligación de presentar
la declaración
jurada 1826, de acuerdo a lo establecido en la Resolución
N° 14 del 29
de enero de 2004.
|