No, una factura no puede indicar el nombre de fantasía de la empresa que la
emite en vez
de su Razón Social, según lo dispuesto en la normativa legal que reglamenta los requisitos
que deben cumplir los documentos tributarios en su confección y emisión, especialmente el
artículo 69, letra A, número 3),
del
Reglamento
de la Ley sobre Impuestos Impuesto a las Ventas y Servicios.
En relación al punto anterior, es una condición cumplir con el requisito legal de indicar
la Razón Social para permitirse, adicionalmente, considerar el nombre de fantasía de la
empresa en los términos normados por el SII.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII,
menú Ayuda, opción Preguntas
Frecuentes, Impuestos mensuales, Documentos tributarios, Facturas, Guías de Despacho, Notas de de Crédito
y Débito.
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