PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Boletas | Boleta de compraventa y servicios | Situaciones especiales

 Pregunta   ID:   001.012.3273.004  Fecha de Creación:   28/07/2005

¿Qué documentos tributarios deben emitir las empresas concesionarias de plazas de peaje, que poseen sistemas de control manual y electrónico (TAG), por el servicio de peaje?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   05/07/2022

No tienen obligación de emitir documentos tributarios, pues basta el recibo interno que emiten para justificar el cobro del peaje, ya que las empresas concesionarias, en tal caso, no prestan ningún servicio al usuario que configure el hecho gravado del Impuesto a las Ventas y Servicios, de conformidad con los artículos 2 y 8 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios y lo dictaminado en el Oficio N° 1.596, de 1996.

Por otra parte, tampoco le afectan las disposiciones de la Resolución Exenta Nº 6080, de 1999, por la mismo fundamento entregado precedentemente, a saber, no estarse en presencia de ningún servicio al usuario que configure el hecho gravado del Impuesto a las Ventas y Servicios, como tampoco, el hecho gravado exento.