Desde los años tributarios 2020 y siguientes, NO se consideran los pagos
mensuales para el cálculo de cotizaciones previsionales sobre las rentas de
honorarios, solo considera el pago anual que se determina en la declaración de
renta.
Respuesta anterior: Válida hasta el año tributario 2019.
En el caso de las cotizaciones previsionales para pensiones, el contribuyente sí
puede hacer pagos provisionales directamente en la AFP, los cuales se imputarán
a las cotizaciones determinadas por el SII. Sin embargo, en el caso del Seguro
Social contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, la obligación
de pago de las cotizaciones es mensual.
Puede obtener mayor información
relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Boletas de
honorarios electrónicas,
opción Cotizaciones previsionales, Más información en el cual podrá acceder al
Portal previsión social.
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