PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Peticiones administrativas | ¿Cuáles son los tipos de solicitudes que se pueden hacer? | Sobre documentos tributarios | Pérdida de documentos

 Pregunta   ID:   001.015.3541.003  Fecha de Creación:   21/10/2005

¿Hay que avisar al SII cuando se destruyen duplicados de facturas emitidos hace más de seis años?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   16/02/2018

No, su obligación es mantener los documentos en su poder mientras esté pendiente el plazo que tiene el SII para la revisión de las declaraciones, según lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto Ley N° 830 sobre Código Tributario.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, Sección Ayuda, Menú "¿Cómo se hace para...?", opción Presentar Peticiones Administrativas, específicamente en Solicitar Autorización de Destrucción de Duplicados de Facturas, Originales de Boletas y Otros Documentos.

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