Mediante Resolución EX. SII N°
110.de 30 de septiembre 2019, deja sin efecto, a partir del año tributario
2020, las Resoluciones Ex. SII N° 15, del 9 de febrero del 2005, que establece
la obligación de presentar la Declaración Jurada Formulario N° 1836,
Anteriormente
a la publicación de la Resolución Ex. 110, el RUT que se debía ingresar en la
Declaración Jurada 1836 de
Transferencias de caballos de fina sangre y caballos chilenos cuando el
comprador es un extranjero que no posee RUT, es el obtenido y asignado en la
Oficinas del SII para este tipo de contribuyentes.
A partir del Año
Tributario 2006 no se podrá informar en las Declaraciones Juradas el RUT
55.555.555 donde se agrupaba información de quienes no se poseía su número de
RUT en carácter de contribuyentes extranjeros.
Puede obtener
mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú
Declaraciones Juradas, opción Información y ayuda. Adicionalmente puede
consultar esta materia en la
Circular N°
69, de 2005 ;
Resolución Ex. N° 5412, de 2000. y
Resolución Ex. Nª 110 de 2019
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