Las operaciones de arriendo de bienes raíces mediante contratos de subarriendo también deben
ser informadas en la Declaración Jurada 1835 de bienes raíces arrendados, indicando en la columna
"RUT
Propietario o Usufructuario" el RUT de quien efectúa el subarrendamiento según el contrato correspondiente. Puede
obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y Legislación, opción Resolución
Exenta N° 19, 2005, Resolución
Exenta N° 30, de 2005, Resolución
Ex. N° 64, de 2005 y
Resolución
Ex. N° 12, de 2015.
|