| Sí, debe 
presentar la Declaración Jurada 1884, según lo dispuesto en la
Resolución 
Exenta N° 64, de 1993, modificada por la
Resolución 
Exenta N° 118, de 2005.  No obstante lo anterior,es importante 
destacar que la DJ 1884 el ultimo año que se declara corresponde al año 
tributario 2017, lo cual se establece  mediante
Resolución Exenta Nº21 del 2018. Puede obtener 
mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú 
Declaraciones Juradas, opción Información y Ayuda.
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