PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Factura Electrónica | Boleta electrónica de ventas y servicios | Libro de boletas electrónicas

 Pregunta   ID:   001.003.6574.006  Fecha de Creación:   19/08/2014

¿Cómo informo las boletas electrónicas (tanto afectas como exentas) en el archivo Información Electrónica de Ventas (IEV)?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   21/02/2023

Es importante recordar que de acuerdo a las Resoluciones N° 61 y 68, ambas de 2017, a contar del periodo de agosto de 2017, la IECV ha sido reemplazada por el Registro de Compras y Ventas (RCV).

Conforme dichas resoluciones, desde agosto 2017, la información se debe cargar manualmente en el Registro de Compras y Ventas del SII y desde Enero de 2020, si el contribuyente envía su información de ventas con boletas electrónicas, contando con el correspondiente Reporte de Consumo de Folios (RCOF), estas se cargan automáticamente en el Registro de Compras y Ventas.

Respuesta anterior:

Al término de cada período tributario debe trasladar la información de los totales del libro de boletas electrónicas al archivo Información Electrónica de Ventas (IEV) a modo de resumen, en el código correspondiente a este documento, conforme Resolución N°19 de 2008 y Resolución N° 45 de 2003.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Factura Electrónica, opción Sistema de facturación gratuito del SII . Además puede visitar el siguiente enlace Registro de Compras y Ventas.