A partir de agosto de 2022, se elimina la
obligación de enviar el Resumen de Ventas Diarias. Por lo tanto, el Registro de
Compras y Ventas se alimentará de las boletas electrónicas recibidas en el SII.
Respuesta anterior:
Si, a partir de enero 2020, la información contenida en el “Resumen de Ventas
Diarias” (Ex Reporte Consumo de Folios) es registrada automáticamente por este
Servicio en su “Registro de Compras y Ventas” disponible en el sitio web del
SII, específicamente en el Registro de Ventas del contribuyente, formando parte
de su Propuesta del Formulario 29.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio
web del SII,
sección Servicios online, menú Boleta Electrónica, opción
Boleta electrónica de ventas y servicios.
Además, en la sección Normativa y legislación, menú Resoluciones 2020, opción
Resolución N° 74 de 2020.
y
Resolución N° 53 de 2022.
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