Sí. En caso de poseer actividades afectas a IVA, el Sistema le permitirá
emitir boletas electrónicas y boletas no afectas o exentas electrónicas. En la
opción “Elija Tipo de Boleta” deberá seleccionar el documento a emitir, el cual
quedará como predeterminado.
Para mayor información visite el
Portal de
Boleta Electrónica. |