PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuestos Mensuales F29 - F50 | Declaración de IVA | Devolución de IVA | Devolución de crédito fiscal IVA por cambio de sujeto

 Pregunta   ID:   001.030.0431.009  Fecha de Creación:   04/09/2003

¿Cuál es el monto de devolución de Créditos Fiscales por venta de trigo por cada período tributario?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   05/06/2023

La solicitud de devolución del remanente del Crédito Fiscal no podrá exceder el monto correspondiente al Débito Fiscal retenido en dicho período, por los adquirentes de trigo, obligados a retener el Impuesto al Valor Agregado (IVA), según lo establecido en la Resolución 192 de 2010, por lo cual, el monto de devolución es el menor valor entre el remanente de crédito fiscal y el monto retenido, ambos del periodo.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, Servicios online, menú Normativa y legislación, opción Resoluciones, Resolución 192, de 2010 y Resolución N° 4, de 2022.

 

 

 

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