PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuestos Mensuales F29 - F50 | Declaración del formulario 50 | Corregir o rectificar declaraciones del formulario 50

 Pregunta   ID:   001.030.1644.005  Fecha de Creación:   26/07/2004

¿Qué rectificaciones propias del Formulario 50 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo no podrán ser rectificadas por Internet?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   10/08/2022

Las declaraciones propias del Formulario 50 que no podrán ser rectificadas por Internet, entre otras, son las siguientes:

  • Declaraciones impugnadas con observaciones.
  • Rectificaciones que generen devolución de dinero, producto del pago de impuestos indebidos o en exceso.
  • Declaraciones con error en el Rut del contribuyente.
  • Declaraciones con errores de fecha de presentación y monto pagado (códigos 91 ó 94).
  • Fusión de declaraciones.
  • Correcciones al período tributario.

Se recuerda que las rectificatorias pueden realizarse ingresando al sitio Web del SII, sección Servicios online, Impuestos mensuales, menú Declaración mensual (F50), opción Corregir o rectificar declaración.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Circular N° 37, de 2004.

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