Al corregir un Formulario 50 se pueden generar los siguientes tipos
de declaraciones, las cuales pueden ser presentadas por Internet, ingresando al
sitio Web del SII, sección Servicios online, Impuestos mensuales, menú
Declaración mensual (F50), opción
Corregir o
rectificar declaración. Si no es posible realizar este trámite en línea
puede ingresar una Petición Administrativa por Internet, seleccionando la
Materia "Rectificatoria de formulario 50", o puede concurrir a la
oficina
del SII correspondiente al domicilio comercial del contribuyente:
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Modificatoria sin diferencia de pago.
-
Rectificatoria con giro por diferencia y recargos legales.
-
Rectificatoria con diferencia de impuestos y recargos
legales.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio
Web del SII, menú Normativa y legislación, opción
Circular N°
37 y Circular
N° 48, ambas de 2004. Adicionalmente este tema puede ser cosultado en
Resolución N° 19, de 2020.
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