Sin título 1
El procedimiento conceptualmente consiste en trasladar la obligación de facturar
y enterar en arcas fiscales, el total o una parcialidad del impuesto al valor
agregado que es:
a) de cargo del vendedor al adquirente o;
b) en el caso del anticipo del IVA, al vendedor retenedor, impuestos que son de
cargo del vendedor retenido.
Dicho procedimiento en los casos que opere el Cambio de Sujeto del impuesto en
los términos referido en la letra a), contempla, en términos generales, que el
comprador emita una Factura de Compra reteniendo total o parcialmente este
impuesto, según los términos dispuestos en la resolución aplicable a la figura
de Cambio de Sujeto de la situación particular.
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