¿Un exportador de productos agrícolas con ventas internas, con remanente del Impuesto al Valor Agregado (IVA), producto de la compra de una máquina para producir productos lácteos, puede recuperar este remanente al exportar bienes del giro agrícola?
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Sí, un exportador de productos agrícolas con ventas internas, con remanente de IVA, originado por la compra de una máquina para producir productos lácteos, también gravados con IVA,
podrá solicitar su recuperación conjuntamente con la devolución del IVA
relacionado con su actividad de exportación, atendido lo dispuesto en los artículos 36 y 64
de la
Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, y conforme a una de las
modalidades instruidas en el Decreto Supremo de Hacienda N° 55 de 1975, según
corresponda a su situación particular.
Puede obtener mayor información
relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú
Normativa y legislación, opción Jurisprudencia y tribunales, Jurisprudencia administrativa,
Oficio 83, de 2003 y opción Circulares,
Circular N° 61 de 2020.
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