No, la exención que se contemplaba en el artículo 13, letra
a, N°
2, de la
Ley
sobre Impuesto a las Ventas y Servicios y sobre la cual instruía la Circular
N° 92, de 1975, fue derogada por el N° 4, del artículo 1, del Decreto Ley 2.312, publicado en el Diario Oficial
el 25 de agosto de 1978.
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