Se debe determinar el 10% del valor corriente
en plaza de los vehículos que explota, y compararlo con el valor que tenga la Unidad
Tributaria Anual (UTA) en cada mes. Si de esta comparación resulta menor o igual
el 10%, en ese mes se exime de hacer
Pagos Provisionales Mensuales (PPM). Puede obtener mayor información
relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Circulares,
Circular N°
51, de 1997. |