En
lo que dice relación con las ventas y/o servicios prestados durante el semestre
respecto del cual debe presentarse la “declaración jurada”, la información a
declarar será la siguiente:
a)
Se entenderá por resumen semestral del IVA que afectó a las ventas, a la suma
total semestral, en valores históricos, por cada cliente, del IVA contenido en
los siguientes documentos:
- Facturas
emitidas
- Notas de
Débito emitidas
-
Liquidaciones-Factura emitidas, por el monto del impuesto correspondiente a la
comisión.
- Facturas
de Compra recibidas
-
Liquidaciones y Liquidaciones-Factura recibidas, por el monto de IVA,
correspondiente a la venta y/o prestación de servicios efectuada por medio de
terceros.
b) Deberá indicarse la cantidad de
documentos emitidos en el caso de Facturas y Notas de Débito, o recibidos en el
caso de Facturas de Compra, Liquidaciones o Liquidaciones-Factura, con los
cuales se confeccionó el resumen semestral.
c) En el mismo resumen semestral del
IVA que afectó a las ventas, deberá registrarse separadamente el valor del IVA
correspondiente a las Notas de Crédito emitidas por todas estas ventas y/o
servicios prestados, debiendo informarse la cantidad de estos documentos
emitidos.
d) Aquellos contribuyentes que
presten servicios domiciliarios periódicos, deberán informar en la Declaración
Jurada 3323 el IVA semestral correspondiente a estos servicios, de acuerdo a lo
devengado al término de cada período fijado para el pago del precio.
e) Los consignatarios y/o
comisionistas que hayan efectuado ventas y/o servicios por cuenta de terceros
con boletas de ventas y servicios, deberán informar el monto de IVA asociado,
descontado el valor del IVA correspondiente a las Notas de Crédito emitidas por
dicho concepto, en el resumen semestral del IVA señalado en el párrafo primero
de este dispositivo, con un RUT 33.333.333-3, marcando la respectiva fila con
una letra “C” en la columna 12 de la Declaración Jurada 3323. En cualquier otro
caso no deberá informarse el IVA correspondiente a las ventas efectuadas con
boletas de ventas y servicios.
Tanto el monto total semestral de
IVA como la cantidad de documentos deberá agruparse por cada RUT de cliente.
Puede
obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú
Declaraciones Juradas IVA, opción Información
y Ayuda.
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