Para
confeccionar la Información Electrónica de Compras y Ventas se deben considerar
los períodos tributarios de enero a junio para el primer semestre y de julio a
diciembre en caso del segundo semestre, del año para el cual se confecciona la
Declaración Jurada Resumen de IVA de Compras y Ventas. Por ejemplo, para la
declaración que se presentará en Febrero del 2015 correspondiente al segundo
semestre del año 2014, se deben considerar los períodos tributarios de Julio a
Diciembre de 2014.
Puede
obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú
Declaraciones Juradas IVA, opción Declaraciones
Juradas de IVA.
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