PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuesto de Timbres y Estampillas | Exenciones

 Pregunta   ID:   001.019.0371.011  Fecha de Creación:   04/09/2003

¿En qué consiste el beneficio tributario que establece el artículo 3° de la Ley N° 19.840, publicada el 23 de noviembre de 2002 y relativa a la exención del Impuesto de Timbres y Estampillas?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   19/04/2024

El beneficio tributario que establece el artículo 3° de la Ley N° 19.840, publicada el 23 de noviembre de 2002 se incorpora como N° 17 del artículo 24° del Decreto Ley N° 3.475, de 1980, y consiste en una exención del Impuesto de Timbres y Estampillas. Esto significa que dicho impuesto no afectará a los documentos que den cuenta del otorgamiento de préstamos con garantía hipotecaria, o préstamos de enlace que se otorguen mientras se perfecciona la operación hipotecaria definitiva, siempre y cuando se cumplan los requisitos que exige la ley.

Puede obtenerse mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, Menú Normativa y Legislación, Legislación Tributaria Básica, opción Ley sobre Impuesto de Timbres y Estampillas. Adicionalmente esta materia puede ser consultada en la Circular N° 71, de 2002.