PREGUNTAS FRECUENTES DE IMPUESTO DE TIMBRES Y ESTAMPILLAS


En esta página encontrará información relativa a los Impuestos de Timbres y Estampillas.
Impuesto de Timbres y Estampillas | Exenciones

  • ¿Qué personas o instituciones están exentas del Impuesto de Timbres y Estampillas?
  • ¿En qué consiste el beneficio tributario que establece el artículo 3° de la Ley N° 19.840, publicada el 23 de noviembre de 2002 y relativa a la exención del Impuesto de Timbres y Estampillas?
  • ¿Desde cuándo comienza a regir la exención que establece el artículo 3° de la ley N° 19.840 en relación al Impuesto de Timbres y Estampillas?
  • ¿Quiénes pueden optar al beneficio del artículo 3° de la Ley N° 19.840, relativa a la exención del Impuesto de Timbres y Estampillas?
  • ¿Cuáles son los requisitos para obtener el beneficio que establece el nuevo N° 17 del artículo 24° que incorpora el artículo 3° de la Ley N° 19.840 relativa a la exención del Impuesto de Timbres y Estampillas?
  • ¿Cómo se acredita el derecho a la exención del Impuesto de Timbres y Estampillas en el otorgamiento de préstamos con garantía hipotecaria?
  • ¿Los créditos hipotecarios otorgados para la adquisición de -viviendas sociales- están exentos del Impuesto de Timbres y Estampillas?
  • ¿El certificado que señala la Ley N° 20.130, para los fines de la exención del Impuesto de Timbres y Estampillas, debe ser emitido en pesos o en Unidades de Fomento (UF)?