Los contribuyentes podrán dar aviso de la pérdida de cédulas de Rut e Identidad,
mediante las siguientes modalidades:
a) Dirigirse a la oficina del SII correspondiente al domicilio de la persona, y
presentar la siguiente documentación:
Formulario 2117 de Solicitudes con todos los antecedentes del contribuyente y de
la pérdida de la cédula (tipo de documento perdido, fecha de pérdida y datos de
constancia de Carabineros si existe).
Constancia de Carabineros, en caso de la pérdida de Cédula de Identidad.
Si no es el contribuyente el que presenta el aviso, Cédula de Identidad de
persona que efectúa el trámite y poder simple.
En el caso de la Cédula de Identidad, se debe dar aviso en el Servicio de
Registro Civil e Identificación. (www.registrocivil.cl)
b) Desde el sitio web del SII, sección Servicios online,
Peticiones Administrativas y otras Solicitudes, opción Dar aviso de
pérdida y/o recuperación de cédula de identidad, donde encuentra las siguientes
opciones:
Cédula nacional de identidad
Cédula de identidad extranjeros
Dar aviso de recuperación de cédula de identidad
Lo anterior es válido sólo para las cédulas RUT no electrónicas, solicitadas antes
del 01-07-2016, las que estarán vigentes hasta 31-12-2017. Para la cédula RUT
electrónica aplica la invalidación a través del sitio web del SII.
|