Es
importante destacar que mediante Resolución N° 165, publicada el 22 de diciembre
del 2020, el SII mantuvo hasta el 28 de febrero del 2021 la validez como boleta
de los vales electrónicos y vales en reemplazo de boletas
emitidos por máquinas registradoras, terminales de punto de venta e
impresoras fiscales.
De esta forma y de acuerdo con la Resolución N° 165, a partir del 1 de marzo los
contribuyentes que utilicen vales electrónicos y/o vales en reemplazo de
boletas, deberán usar alguna de las alternativas disponibles para la emisión de
boletas de ventas de bienes y servicios electrónicas (el sistema gratuito del
SII o las opciones de mercado).
La siguiente respuesta es válida hasta
el 28.02.2021:
No, todo queda registrado en la tarjeta fiscal y por ende
afecto a IVA,
sólo existen autorizaciones especiales como las donaciones,
que se deben solicitar en forma particular y ser resueltas por la Subdirección
de Fiscalización del SII.
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