Debe avisar al SII el hecho de la
recuperación de los documentos.
El contribuyente presenta los
documentos perdidos antes que se notifique Acta de Denuncia por la pérdida no
fortuita.
El
contribuyente deberá efectuar
una presentación por escrito, en que se especifique los documentos
recuperados, los que acompañará al Departamento de Resoluciones de la Dirección
Regional o ante la Unidad que corresponda a su domicilio, utilizando para tal
efecto el
Formulario N°
2117.
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