¿Un agricultor, productor de leche, que tributa bajo el régimen de Renta Presunta, puede seguir haciéndolo si comienza a producir derivados lácteos y sus ventas no superan el tope?
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Sí, un agricultor, productor de leche, que tributa bajo el régimen de Renta Presunta, puede seguir haciéndolo si comienza a producir derivados lácteos y sus ventas no superan el
tope y requisitos definidos, siempre y cuando los derivados lácteos sean producto de la leche que el mismo produce y no adquirida de terceros, ya que
esta última actividad declara sus rentas efectivas según contabilidad completa.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y
legislación, opción Legislación tributaria y convenios internacionales, Legislación tributaria básica,
Ley
sobre Impuesto a la Renta específicamente en el Artículo 34. Adicionalmente, puede consultar la opción Circulares,
Circular
N° 78, de 1974, Circular
N° 22, de 1991, Circular
N° 58, de 1990 y Circular
N° 51, de 2004 y la opción Jurisprudencia y tribunales, Jurisprudencia administrativa, Oficio
N° 3972, de 2004.
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