PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | Créditos y beneficios tributarios | Créditos tributarios | Empresas constructoras

 Pregunta   ID:   001.002.3369.013  Fecha de Creación:   23/08/2005

¿Desde dónde se deben extraer los montos por crédito de empresas constructoras, a utilizar como crédito en el Formulario 22 de Renta, de acuerdo a lo establecido en el artículo 21 del Decreto Ley 910 de 1975?  


 Respuesta  Fecha de Actualización:   27/02/2023

El crédito de las empresas constructoras, establecido en el artículo 21 del Decreto Ley 910 de 1975, que se utiliza en el Formulario 22 de Renta, corresponde al Remanente de Crédito Especial determinado en el mes de diciembre en el Formulario 29 de IVA, Línea 137 Código [130].

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Servicios online, menú Declaración de renta, opción Ayudas. Además en el  menú Impuestos mensuales, opción Declaración mensual (F29), Ayudas.

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