Se recuerda que a contar del 01.06.2020 el trámite de de Inicio de actvidades y
obtención de Rut debe ser presentado por internet, debiendo el
contribuyente completar el Formulario y adjuntar los antecedentes en el
desarrollo del mismo trámite, por lo cual para su ingreso solo requiere Rut y
Clave Tributaria, salvo los casos excluidos de realizar las presentaciones por
Internet que establece la norma tributaria.
Respuesta anterior:
Para vender y distribuir bienes se
requiere, desde el punto de vista tributario, cumplir con los siguientes pasos:
1.- Dar aviso de Inicio de
Actividades e Inscripción en el Rol Único Tributario, cuando corresponda.
2.- Timbrar documentos y libros
tributarios.
3.- Si ha comprado mercaderías y, una vez
cumplidos los puntos 1 y 2, se debe realizar la venta y distribución de dichos
bienes, documentando tal operación con facturas o boletas, según corresponda.
4.- Con respecto a la importación de bienes, es necesario
contactarse con un agente de Aduanas, quien indicará los pasos que deben
contemplarse en la internación de bienes al país.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección
"¿Cómo se hace para ...?", opciones
Iniciar actividades de personas naturales y jurdicas y
Timbraje
de documentos, y en la sección Preguntas Frecuentes, opción Facturas,
Guías de Despacho, Notas de Débito y Notas de Crédito.
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