PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
RUT e Inicio de actividades | Inicio de actividades | Iniciar Actividades | Medios para presentar el aviso de inicio de actividades | Por papel

 Pregunta   ID:   001.105.0650.006  Fecha de Creación:   04/11/2003

¿Qué se debe hacer para vender, distribuir e importar bienes?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   22/07/2022

Se recuerda que a contar del 01.06.2020 el trámite de de Inicio de actvidades y obtención de Rut debe ser presentado por internet, debiendo el contribuyente completar el Formulario y adjuntar los antecedentes en el desarrollo del mismo trámite, por lo cual para su ingreso solo requiere Rut y Clave Tributaria, salvo los casos excluidos de realizar las presentaciones por Internet que establece la norma tributaria.       

Respuesta anterior:

Para vender y distribuir bienes se requiere, desde el punto de vista tributario, cumplir con los siguientes pasos:

1.- Dar aviso de Inicio de Actividades e Inscripción en el Rol Único Tributario, cuando corresponda.

2.- Timbrar documentos y libros tributarios.

3.- Si ha comprado mercaderías y, una vez cumplidos los puntos 1 y 2, se debe realizar la venta y distribución de dichos bienes, documentando tal operación con facturas o boletas, según corresponda.

4.- Con respecto a la importación de bienes, es necesario contactarse con un agente de Aduanas, quien indicará los pasos que deben contemplarse en la internación de bienes al país.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección "¿Cómo se hace para ...?", opciones Iniciar actividades de personas naturales y jurdicas y Timbraje de documentos, y en la sección Preguntas Frecuentes, opción Facturas, Guías de Despacho, Notas de Débito y Notas de Crédito.

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