ACTUACIÓN DE PRESENCIA FISCALIZADORA


Importante: esta información que entrega el Servicio de Impuestos Internos, es sólo una guía de apoyo para los contribuyentes. Es deber de todo contribuyente leer la normativa vigente del SII. Información vigente a 2015.

1.- ¿Qué es la Presencia Fiscalizadora en terreno?

La Presencia Fiscalizadora en terreno es un procedimiento de revisión permanente que abarca todas las actividades económicas con el objetivo fundamental de que todos los contribuyentes cumplan con sus obligaciones tributarias relativas a la emisión de los documentos legales, su registro, declaración y pago de los impuestos que procedan.

La labor consiste principalmente en visitar y controlar a los contribuyentes, verificar el nivel de cumplimiento de las disposiciones tributarias vigentes, conocer la actividad comercial que desarrollan y brindar asistencia tributaria conducente a promever el cumplimiento tributario voluntario.

Por lo anterior, las notificaciones de infracción no son el objetivo principal, sino una consecuencia de haber detectado claramente infracciones a las disposiciones legales vigentes en el proceso de control o revisión.

 

2.- ¿Cuáles son las principales actividades en terreno de presencia Fiscalizadora que el Servicio realiza?:

Las principales actividades de fiscalización que se realizan en terreno son las siguientes:

1.       Control de la emisión y registro de documentos tributarios.

2.       Controles puerta a puerta de establecimientos comerciales.

3.       Puntos fijos de control de documentación tributaria.

4.       Empadronamientos y levantamiento de información.

5.       Tasación de negocios esporádicos.

6.       Controles carreteros y móviles.

7.       Presencia en centros de venta mayorista.

8.       Fiscalización de expendedoras de combustibles y puntos industriales.

En cada una de estas actividades, de acuerdo a los protocolos de presencia fiscalizadora establecidos, los funcionarios deben contar con una orden de trabajo de sus superiores directos: Jefe de Fiscalización Regional, Jefe de grupo de presencia o Jefe de Unidad, y deben operar en grupos de 2 ó más personas, no pudiendo actuar en forma aislada. Adicionalmente, los fiscalizadores deben portar sus credenciales, las que tienen que presentar al momento de realizar la actividad de fiscalización. Además velar por el fiel cumplimiento de los Derechos de los Contribuyentes, materia sobre la cual se imparten instrucciones en la Circular N° 41 de 2006.

Al finalizar la fiscalización, en el caso de las actividades de Control de la Emisión y registro de Documentos, Controles Puerta a Puerta y Puntos Fijos, los contribuyentes reciben un comprobante de fiscalización, que detalla lo que se hizo y las consecuencias que pudo tener la fiscalización. Es importante que el contribuyente guarde este comprobante, para que si es nuevamente fiscalizado pueda tener mayores argumentos para salvaguardar sus derechos.

 

3.- ¿Cuál es la normativa y el objeto de las acciones de Fiscalización del S.I.I. en terreno?

1.   Esta fiscalización se realiza de acuerdo a las facultades legales establecidas en los Artículos 59° y 60° del Código Tributario, en el marco del plan de fiscalización denominado Presencia Fiscalizadora y de acuerdo a los procedimientos establecidos en la Circular N°64 Del 14 de Septiembre de 2001, dónde se explica en detalle en qué consiste cada una de las actividades de Presencia fiscalizadora que se realizan.

2.       Esta fiscalización que el SII efectúa en terreno, tiene por objeto comprobar que el vendedor o prestador de servicios cumpla con las obligaciones que la Ley establece. En caso de ser sorprendido infringiendo alguna de ellas, los funcionarios tienen la obligación legal de notificar la infracción detectada. Debe tener presente que esta actuación no requiere de aviso previo al contribuyente y que es obligatorio cooperar con los funcionarios del SII al momento de la fiscalización.

3.   No omita ingresos que debe declarar. Recuerde que de acuerdo a la ley (ART. 70 Ley de Impuesto a la Renta) toda persona disfruta de una renta a lo menos equivalente a sus gastos de vida y de las personas que viven a sus expensas, situación que debe verse reflejada en sus declaraciones de impuestos, por tanto no es conveniente para usted omitir ingresos que debe declarar, ya que tal incumplimiento tributario le afectará en la oportunidad que deba probar el origen y disponibilidad de los fondos con que justifica las inversiones que realice y/o registre el SII, exponiéndose al cobro de impuestos y a la aplicación de sanciones tributarias.

4. ¿Qué se debe hacer si existen dudas del objetivo de la acción fiscalizadora?

En caso de tener dudas respecto a la fiscalización que se está realizando, debe preguntarles a los funcionarios actuantes el nombre del jefe directo que los envió en ese cometido y la Unidad del SII a la que pertenecen. Al contar con estos datos, usted puede llamar a la Unidad correspondiente para legitimar las actuaciones fiscalizadoras que se están llevando a cabo. (Oficinas SII)