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Marzo de 2014
una sociedad constituida en Chile, por una suma de $ 30.000.000 los cuales traen asociado crédito
e incremento por impuesto de primera categoría de $ 6.144.570 (históricos). Además, la sociedad
efectuó una retención de $ 6.506.030 a la remesa efectuada. Asimismo, la sociedad informa que
al contribuyente le corresponden $ 8.300.000 por concepto de gastos rechazados por impuesto de
Primera Categoría.
Registro en el Formulario N° 22:
En resumen, las líneas y códigos de la declaración de impuesto anual a la renta, serían:
Ejemplo N° 6.6: Si una persona natural con domicilio y residencia en Chile
percibe los siguientes ingresos: Dos sueldos, uno por su trabajo realiza-
do en Chile y otro por su trabajo ejecutado en el extranjero, provenien-
te de un país con el cual se ha suscrito un convenio para evitar la doble
tributación internacional. Honorarios de un pagador domiciliado en el
extranjero, proveniente de un país con el cual Chile ha suscrito un con-
venio para evitar la doble tributación internacional. Dividendo de fuente
extranjera de un país que ha suscrito un convenio para evitar la doble
tributación internacional.
DESCRIPCIÓN
Si un contribuyente percibe dos o más sueldos, tanto de fuente Chilena como extranjera, simul-
táneamente, es decir, en un mismo mes, debe reliquidar el Impuesto Único de Segunda Catego-
ría. Para utilizar el crédito por impuesto extranjeros se debe efectuar una reliquidación anual de
impuesto (se considera el Ejemplo N° 6.1).
Además, el contribuyente percibe dividendo proveniente de un país con convenio para evitar la
doble tributación internacional y un honorario de fuente extranjera de un país con convenio para
evitar la doble tributación internacional.
EJEMPLOS NUMÉRICOS
Un contribuyente con domicilio y/o residencia en Chile, percibió:
1. Rentas por concepto de sueldos de un empleador en Chile y, además, percibió sueldos por sus
labores realizadas en el extranjero, lo que constituye una renta de fuente extranjera.
La renta de fuente nacional afecta a impuesto percibida en julio de 2013 es de $3.300.000 y la
renta de fuente extranjera, percibida el día 20 del mismo mes y año de US$ 3.875. El impuesto
retenido en el extranjero es de US$ 2.583, correspondiente al cálculo de la aplicación de la tasa del
40%. El tipo de cambio del 19 de julio es de $499,52, según lo señalado en la página web del SII,
teniendo presente que el Banco Central de Chile establece el tipo de cambio de un día determinado
considerando las transacciones de las monedas extranjeras realizadas durante el día inmediata-
mente anterior. El desarrollo está considerado en el punto del Ejemplo N° 6.1.
2. Rentas por concepto de honorarios de fuente extranjera, percibida el 10 de octubre de 2013 por
US$ 12.000, y realiza el pago de un PPM en octubre de 2013, por $ 568.812. El impuesto retenido
en el extranjero es de US$6.462, correspondiente al cálculo de la aplicación de la tasa del 35%. El
tipo de cambio del 10 de octubre de 2013 es de $500,72.
3. Rentas por concepto de dividendos de fuente extranjera proveniente de un país con convenio
para evitar la doble tributación internacional, percibida el 16 de octubre de 2013 por US$15.000. El
impuesto retenido en el extranjero es de US$ 4.612,45, correspondiente al cálculo de la aplicación
de la tasa del 15% por la remesa y 10% a nivel de empresa. El tipo de cambio del 16 de octubre de
2013 es de $498,66.
Antecedentes
a) SUELDOS
En relación a las rentas provenientes de sueldos, se debe considerar el cálculo de Impuesto según
reliquidación anual, correspondiente al Ejemplo N°6.1., letra c).
b) HONORARIOS
• Honorario líquido percibido,
US$ 12.000
de fuente extranjera el 10/10/2013.
• Impuesto retenido sobre honorarios de fuente extranjera
US$ 6.462
el 10/10/2013 (tasa 35%).
• PPM pagados en octubre de 2013 por honorarios,
$ 568.812
de fuente extranjera.
Cálculos
Cálculo del Crédito por impuesto externos
• Renta Fuente Extranjera X 30% = $ 6.008.640 X 30%
$ 2.575.131
0,70
0.70
• Impuesto Pagado en el extranjero
US$ 6.462 * 500,72 = $ 3.235.653 * 1.005
$ 3.251.831
Se utiliza el monto menor
$ 2.575.131
Honorario liquido de fuente extranjera
US$ 12.000 * 500,72 = $ 6.008.640 * 1.005
$ 6.038.683
(VIPC de octubre a diciembre 2013)
Cantidad equivalente al crédito por impuestos externos
$ 2.575.131
$ 6.008.640 /0,70 = $ 8.583.771 * 30% = 2.575.131
Ingresos de Honorarios Percibidos por el contribuyente
$ 8.613.814
Gastos Presuntos 30% sobre el total de ingresos brutos,
con tope 15 UTA (UTA = $489.264)
$ 2.584.144
Total Honorarios
$6.029.670
c) DIVIDENDOS CON CONVENIO
• Dividendo líquido percibido
US$ 15.000
de fuente extranjera el 16/10/2013
• Impuesto retenido sobre el dividendo de fuente extranjera
US$ 2.647
a nivel de remesa el 16/10/2013 (tasa 15%)
• Impuesto retenido sobre el dividendo de fuente extranjera
US$ 1.963
a nivel de empresa el 16/10/2013 (tasa 10%)
Cálculos
Cálculo del Crédito por impuesto externos
US$ 15.000 x 498,66 = $ 7.479.000 * 1,005 = $ 7.517.300
I. Renta a nivel de remesa
• Renta Fuente Extranjera X 15% = $ 7.517.300 X 15%
$ 1.326.582
0,85
0.85
II. Renta a nivel de empresa
• Renta Fuente Extranjera X 10% = $ 8.843.882 (*) X 10%
$ 982.654
0,90
0.90
(*) suma de $7.517.300 más el crédito a nivel remesa $ 1.326.582
Total impuesto pagado o retenido en el extranjero
$ 2.309.236
• Renta Fuente Extranjera X 20% = $ 9.826.536 X 20%
$ 1.965.307
Se utiliza el monto menor
$ 1.965.307