PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuestos Mensuales F29 - F50 | Declaración del formulario 50 | Declaración de impuestos en el formulario 50 | Antecedentes para confeccionar la declaración del formulario 50

 Pregunta   ID:   001.030.4281.003  Fecha de Creación:   19/07/2006

¿El Impuesto Específico también se aplica a los combustibles orgánicos?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   23/02/2023

No, ya que la Ley N° 19.030 que creó el Fondo de Estabilización de Precios del Petróleo no es aplicable a los combustibles orgánicos, por no ser éstos un producto derivado del petróleo, así como tampoco le sería aplicable el Impuesto Específico al petróleo diesel, establecido en el Artículo 6, letra b), de la Ley N° 18.502, toda vez que por definición los combustibles orgánicos son un producto químicamente diferente al petróleo diesel, elaborado a partir de la biomasa, a diferencia del petróleo diesel el cual se encuentra definido en la norma oficial chilena NCh62Of2000 como un destilado medio derivado del petróleo.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Normativa y legislación, Jurisprudencia y tribunales, Jurisprudencia administrativa, opción Ord. N° 2.013, del 2004.

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